(Libertad Digital) La titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, ha dictado un auto en el que ordena suspender la tramitación de la OPA formulada por Gas Natural sobre Endesa, así como la ejecución del contrato suscrito entre Gas Natural e Iberdrola. Según la agencia Europa Press, en el auto, la juez indica que para la efectividad de las anteriores medidas, en el plazo de diez días "la parte actora deberá presentar previamente caución por cuantía de mil millones de euros, para responder de posibles daños y perjuicios derivados de la adopción y mantenimiento de las medidas cautelares acordadas".
El Consejo de Administración de Endesa se reunirá "próximamente" para decidir si aporta el aval. La eléctrica está estudiando si deposita o no esos 1.000 millones necesarios para paralizar la OPA de Gas Natural, según fuentes de la empresa, que explicaron que los servicios jurídicos de la eléctrica están valorando a fondo la cuestión y recordaron que aún cuentan con 10 días de plazo para presentar o no el aval. Subrayaron la envergadura del aval y que se trata de "una decisión importante".
En declaraciones a la Cadena COPE, el presidente de Endesa, Manuel Pizarro, ha insistido en que la resolución judicial les da 10 días de plazo para presentar el aval y "los órganos se pronunciarán adecuadamente en ese plazo". "Yo soy abogado y no me gusta pronunciarme sobre lo que no he leído. No le puedo decir nada, porque tenemos que mirarlo bien, tienen que verlo primero los abogados y después el Consejo de Administración y, por tanto, no puedo decir nada que no sé yo en este momento.
Endesa había solicitado en un principio entregar un aval de un millón de euros, pero el Juzgado estimó que dada la envergadura de la operación, de unos 20.000 millones de euros, el aval debía ser del 5% del importe de la operación, es decir 1.000 millones de euros. La juez, asimismo, ordena la notificación del auto a las partes, al Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) y a la CNMV, informándoles de que las medidas acordadas sólo serán efectivas una vez quede constituida la caución establecida.
Este auto, recuerda Europa Press, tiene su origen en una demanda presentada por Endesa contra Gas Natural e Iberdrola en la que, apelando al artículo 81 del Tratado de la Unión Europea, pedía la nulidad del acuerdo entre las dos sociedades y sostiene que fue concertado antes de la presentación de la OPA. Por ello, demandaba además la suspensión cautelar de la tramitación de la OPA y del acuerdo entre la gasista y la eléctrica. El artículo 81 del Tratado de la Unión Europea prohíbe todos los acuerdos entre empresas que puedan afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto "impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado común". En particular, cita acuerdos "para repartirse mercados o fuentes de abastecimiento".
Durante la vista celebrada el pasado 7 de marzo, tanto Gas Natural como Iberdrola se opusieron a las peticiones de Endesa, argumentando que el contrato entre ambas es lícito, pues se acordó el 5 de septiembre –día de la formulación de la OPA– y se encuadraba dentro del plan de desinversión de activos eléctricos y gasistas que Gas Natural tenía previsto entonces presentar a las autoridades españolas. Tras estudiar los argumentos de ambas partes, la juez determina que parece razonable la hipótesis de la concertación previa, que conduce a la aplicación del artículo 81 del Tratado de la Unión Europea. "La magnitud de la operación y de los recursos financieros que exige movilizar, su propia complejidad interna y las especificidades de los mercados del gas y de la electricidad, con sus particularidades geográficas (...) parece apoyar, desde el escueto análisis objetivo que es posible efectuar en esta fase, la existencia de aquella concertación previa", indica. Asimismo, explica que "no parece razonable que Gas Natural se lanzase a acometer una operación de tamaña envergadura sin tener anticipadamente prevista y asegurada la plena colaboración como partícipe o co-opante, en cuanto al resultado, de Iberdrola".
Tras exponer estos argumentos, el auto admite la existencia de un peligro derivado de la "mora procesal", de la suficiente entidad como para dar lugar a una situación que dificultase la efectividad de la tutela. En este sentido, refiere que el procedimiento judicial será probablemente muy dilatado en el tiempo, por su complejidad intrínseca y por las posiciones "enfrentadas radicalmente" de las partes.
Por otro lado, el portavoz adjunto del grupo popular, Vicente Martínez Pujalte, anunció que este martes el PP presentará un recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto que aumenta las competencias de la Comisión Nacional de la Energía y permitirá analizar la OPA del grupo energético alemán E.ON sobre Endesa. En rueda de prensa en la Cámara Baja, Pujalte aseguró que el real decreto aprobado el pasado 24 de febrero presenta "vicios de inconstitucionalidad", ya que, a su juicio, establece medidas retroactivas, es "arbitrario", va en contra del mercado único europeo y "favorece a unos y perjudica a otros".