L D (Europa Press) El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Antonio García, recomendó al fiscal general del Estado que si considera que la decisión de Grande Marlaska "no es jurídicamente ajustada", lo que tiene que hacer es "recurrirla". "Lo que no le toca a Cándido Conde Pumpido es hacer explícita en la prensa este tipo de preocupaciones, sino hacer su trabajo, que no es comentar si las resoluciones que adopta un juez sin previa petición de la Fiscalía son preocupantes o no", añadió. Además, dudó de que este tipo de declaraciones "contribuya al buen funcionamiento del sistema ni desde luego a la credibilidad ante los ciudadanos que tiene que tener un poder del Estado", como en este caso el judicial. Advirtió, asimismo, de que valoraciones como las de Conde Pumpido "erosionan de manera indirecta la credibilidad del (juez) instructor" y recordó que "una de las obligaciones de la Fiscalía es proteger y preservar la independencia de los jueces".
El presidente de la Unión Progresista de Fiscales, Eduardo Esteban, coincidió con APM al señalar que "si es muy grave que el juez no haya acordado la prisión cuando la tenía que acordar o a la inversa, cabe la posibilidad de plantear recurso, que no sé si se habrá hecho, por cierto". No obstante, le pareció "normal que alguien que es parte cuestione las resoluciones" de un juez. En cuanto a la decisión de Grande Marlaska de acordar la prisión, la consideró "irreprochable" en el aspecto formal, porque la ley lo que exige es que haya una acusación que pida la prisión, sin ser necesario que lo requiera el fiscal. Sin embargo, reconoció que en la práctica "no suele haber discrepancia entre el fiscal y el juez instructor". En cuanto al fondo de la cuestión, Esteban explicó que no podía pronunciarse sin conocer las declaraciones de los dos imputados, antes de que el magistrado decidiera enviarles a prisión.
Para el portavoz de la Asociación de Fiscales, Guillermo García Panasco, las declaraciones de Conde-Pumpido son "desafortunadas". Recordó que "lo deseable" es que los criterios del fiscal y del juez coincidan y, en el caso de que no coincidan, siempre que haya una petición de parte acusadora, el juez puede decretar prisión, lo que, a su juicio, "no es ni grave ni preocupante". Asimismo, señaló que "si no se está de acuerdo con el juez, también se puede recurrir".
El portavoz de Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez, valoró sin embargo como "muy acertada" la reflexión hecha por el fiscal general del Estado en esas declaraciones. Rodríguez explicó que cualquier jurista reconoce que la prisión provisional es una "medida excepcional", porque es restrictiva de un derecho fundamental como la libertad y, por lo tanto, sólo puede acordarse cuando concurren los requisitos legales, fundamentalmente, que el imputado se quiera sustraer a la actuación de la justicia. En el caso concreto de Olano y Petrikorena, si han acudido "voluntariamente al llamamiento de un juez para declarar, parece que de ahí poca voluntad de sustraerse a la actuación de la justicia puede derivarse".