En el texto propuesto también se suprime el principio de plurinacionalidad del Estado que contemplaba el Estatuto y prefiere los de "bilateralidad, multilateralidad, coordinación y colaboración" para referirse a la relación entre Cataluña y el Gobierno. En cuanto a las competencias, contempla la supremacía de las leyes básicas del Estado y las divide en tres categorías: exclusivas –elimina que son "excluyentes" y que "únicamente" las ejerce la Generalidad—, compartidas –en materia legislativa, reglamentaria y ejecutiva "en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley"— y ejecutivas. En la nueva propuesta habría 18 competencias exclusivas. Además, plantea 12 compartidas que en el texto anterior eran exclusivas, entre ellas las relativas a cajas de ahorros, crédito y banca, ordenación del sector pesquero, publicidad y promoción de la competencia.
La Generalidad no podrá convocar referendos
El Gobierno, según lo filtrado a Prisa, mantiene como exclusiva la competencia de la Generalidad de convocar "audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular" aunque queda excluido el "referéndum". Niega, asimismo, competencias exclusivas al Gobierno catalán en materia de educación, relaciones extracontracturales y contracturales, sobre seguridad nuclear, sobre la regulación de la retribución de la actividad de distribución y de régimen económico aplicable a la dotación de nuevos suministros y la designación del gestor de la red de distribución eléctrica, sobre los órganos jurisdiccionales y arbitrales en materia de deporte o para ejecutar la legislación estatal o comunitaria en cuestiones de vivienda y, en cuanto a transportes, la limita a la red viaria de no interés general.
En la mayoría de las actividades económicas, el nuevo texto propone "competencias compartidas", como por ejemplo, las actividades referentes a cajas de ahorros, crédito y banca, ordenación del sector pesquero, publicidad o promoción de la competencial. La propuesta del Ejecutivo contempla la posibilidad de que la Generalidad participe en el nombramiento en el Banco de España u órganos reguladores. Reconoce al Gobierno catalán, también, su participación para calificar obras de interés general y en la planificación de inversiones del Estado.
En materia de Justicia, suprime la competencia exclusiva de la Generalidad sobre los medios personales y materiales y para ordenar los servicios de justicia gratuita. Además, el Gobierno catalán sólo podrá proponer y no crear nuevas secciones de juzgados y modificaciones de la planta judicial. También recoge que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sea la instancia en la que culmina la organización judicial autonómica, excepto en materia de unificación de doctrina. Reconoce la creación del Consejo de Justicia de Cataluña como "órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial". No obstante, su composición se remite a la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Respecto al catalán, el Gobierno socialista aboga porque todas las personas tengan derecho a utilizar las dos lenguas y los ciudadanos de Cataluña el deber de conocerlas. El deber de conocerla se mantiene para los catalanes pero se matiza "para acceder al ejercicio de cargos judiciales". Contempla, además, que no se podrá separar a los alumnos por razón de su lengua, aunque la reconoce como vehicular de la enseñanza universitaria y no universitaria. Propone, asimismo, modificar la obligación de que los productos estén etiquetados en catalán, y cambia la palabra "tienen" por "también" puedan estarlo en catalán.
Las propuestas socialistas eliminan la exigencia de que el nombramiento del presidente de la Generalidad deba ser firmado por el del Parlamento y toda alusión a su preeminencia protocolaria y lo sitúa después del Rey.
Respecto a la política europea, suprime que las observaciones que haga la Generalidad sean determinantes y la obligación de incorporar un representante del Gobierno catalán en las delegaciones españolas ante la UE y deja en blanco el artículo referente a que Cataluña, en solitario o junto a otras comunidades, pueda convertirse en circunscripción electoral. Por último, reconoce a la Generalidad su derecho a requerir información y participación de representantes en la negociación de tratados internacionales cuando éstos le afecten "directamente y singularmente".