L D (EFE) El texto, al que ha tenido acceso EFE, establece como infracciones muy graves, entre otras, "incumplir los deberes impuestos por la ley en relación con la protección de la infancia y la juventud", la difusión de "publicidad subliminar" o bien el "incumplimiento de los principios básicos de la regulación de los contenidos audiovisuales". Según la propuesta de ley, que amplía las funciones del Consejo Audiovisual de Cataluña, las sanciones muy graves comportarán "una multa desde 90.001 hasta 300.000 euros y la suspensión de la actividad por un plazo máximo de tres meses".
La proposición de ley, según fuentes parlamentarias, recibirá el apoyo global de todos los partidos catalanes pese a que CiU y PPC aún mantienen algunas diferencias, y está previsto que se apruebe en el pleno del Parlament el 15 de diciembre.
Según el texto elaborado por los partidos catalanes, "la información difundida por los medios de comunicación audiovisual ha de ser veraz", entendiendo por ello "la que se fundamenta en hechos que pueden someterse a una comprobación diligente, profesional y fidedigna".
En el título dedicado a la organización de la actividad audiovisual privada, la proposición de ley dice que "todos los operadores privados que presten servicios de comunicación audiovisual tienen el deber de transparencia en relación con todos los aspectos de su actividad que son relevantes para la libertad de comunicación y el pluralismo".
La proposición de ley, según fuentes parlamentarias, recibirá el apoyo global de todos los partidos catalanes pese a que CiU y PPC aún mantienen algunas diferencias, y está previsto que se apruebe en el pleno del Parlament el 15 de diciembre.
Según el texto elaborado por los partidos catalanes, "la información difundida por los medios de comunicación audiovisual ha de ser veraz", entendiendo por ello "la que se fundamenta en hechos que pueden someterse a una comprobación diligente, profesional y fidedigna".
En el título dedicado a la organización de la actividad audiovisual privada, la proposición de ley dice que "todos los operadores privados que presten servicios de comunicación audiovisual tienen el deber de transparencia en relación con todos los aspectos de su actividad que son relevantes para la libertad de comunicación y el pluralismo".