L D (Europa Press) Por parte del Sindicato Unificado de Policía, su secretario general, José Manuel Sánchez Fornet, declaró a Europa Press que este tipo de sentencias suponen "un retroceso gravísimo en la lucha antiterrorista que luego se pagan con muertos". En ese momento, cuando se producen atentados mortales, añadió Sánchez Fornet, "nadie pide responsabilidades a los jueces, que están muy cerca de dios". "Si ya políticamente las cosas no estaban claras, judicialmente ya empiezan a estar turbias", añadió.
El portavoz de la Confederación Española de Policía (CEP), Isidoro Zamorano, afirmó que la sentencia supone un paso en proceso de degradación en la lucha antiterrorista. "Hace poquísimo tiempo los teníamos bien acorralados democráticamente y ahora se salen por todas partes", afirmó. Además, Zamorano recordó el trabajo de "los compañeros, día y noche, para que luego sean puestos a disposición judicial los terroristas y su entorno y reciban condenas ridículas".
Para la Unión Federal de Policía (UFP) y su secretario de Comunicación, José Luis Morán, en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado "nadie tiene duda de que Jarrai es ETA". "Lo que dice el juez --añadió-- no tiene sentido", por lo que se planteó la posibilidad de "cambiar la ley" para que no se puedan producir este tipo de interpretaciones. "Sólo se puede luchar contra la banda terrorista actuando sobre todo el entramado", sentenció.
Asimismo, el presidente del Sindicato Profesional de Policía (SPP), Iñaki Osés, consideró, en declaraciones a Europa Press, que "se está produciendo una vuelta atrás con determinadas decisiones judiciales", en las que incluyó la tomada por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz sobre Ignacio de Juana Chaos, y también se planteó la posibilidad de que haya que cambiar la legislación para evitar este tipo de sentencias.
Por debajo del concepto restringido de terrorismo expuesto por la ONU
La definición de terrorismo, según los expertos de la ONU, que se propuso en la pasada cumbre de Madrid con la presencia del secretario general Kofi Annan, dice así:
Cualquier acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o un no combatiente cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo.
Este concepto de terrorismo excluye a los militares o a los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado y deja de lado la extorsión bajo amenaza de muerte, habitual en todas las organizaciones terroristas y, en especial, en ETA. Pero las críticas hacia esta propuesta de definición se quedan cortas si se comparan con la que trasciende de la sentencia que este lunes ha dictado la Audiencia Nacional contra las organizaciones Jarrai-Segi-Haika, consideradas ahora como no terroristas.