L D (Europa Press) Tras explicar que los autos de conclusión de sumario sólo pueden ser recurridos ante la Sala de lo Penal, se dirige al juez Pedraz para que rectifique la puesta en libertad de José Ignacio de Juana Chaos, y así su recurso tenga sentido. De modo que si la Audiencia, al revisar la resolución, acuerda el procesamiento del miembro de ETA, éste siga a disposición de la Justicia y se evite la reiteración delictiva.
"En el caso de autos, de la mera lectura de la denuncia formulada, de los informes periciales, de los artículos periodísticos origen de la causa y del expediente penitenciario aportado en autos se deduce de manera clara y palmaria que el acusado De Juana ha cometido los delitos que se le imputan y que son los más graves que se pueden cometer en una sociedad democrática: integrarse en una organización terrorista y utilizar esta integración para amenazar a personas concretas y a colectividades determinadas, conculcando las normas de actuación que como sociedad democrática y civilizada nos hemos dado", insiste el fiscal.
Alonso reproduce los mismos párrafos que el juez Pedraz, pero para considerarlas "expresa manifestación de su real integración y vinculación a la banda terrorista ETA, no pudiendo aceptarse que las mismas sean una mera manifestación de su derecho a la libertad de expresión, por cuanto el mismo no pude amparar que en su nombre se amenace y se haga apología de una integración en organización criminal".
"De la simple lectura", explica el fiscal, de las expresiones de De Juana "enemigos", "sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria" o "MLNV" se pone de manifiesto que el histórico etarra sigue siendo miembro de ETA, ya que así le considera la propia organización terrorista.
Una grave equivocación, además de una irrealidad
"En esto no puede olvidarse, como hace el instructor, cómo el entramado del MLNV queda inmerso en la estrategia de ETA, es ETA, tal como se ha reconocido en distintas resoluciones judiciales, entre ellas la sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Suprmeo de 23 de marzo de 2003, donde hace estas consideraciones al declarar ilegal a HB-EH-Batasuna y todo el entramado que las rodea", recuerda la acusación pública. Más adelante, el fiscal es aún más duro con Pedraz y afirma que "decir que el MLNV no es ETA es una grave equivocación, además de una irrealidad".
El fiscal también repasa en su recurso la "trayectoria en prisión" de José Ignacio de Juana, en los 18 años que ha estado encarcelado. Según Alonso, siempre ha realizado labores propagandísticas y publicitarias a favor de ETA, como prueba la carta que publicó en marzo de 1998, en la que celebró el asesinato del concejal del PP Alberto Jiménez Becerril y de su esposa, en la que decía que le "encanta ver la cara desencajada de los familiares en los funerales" y que "en la cárcel sus llantos son nuestras sonrisas".
Además, ha participado en los plantes y desobediencias organizadas en los centros penitenciarios por ETA, siendo responsable del "Frente de makos" de su cárcel, y ha transmitido a través de medios de comunicación datos sobre los responsables de los centros penitenciarios de Valdemoro (Madrid), Jaén, Puerto II (Cádiz), Málaga y Algeciras (Cádiz), así como del actual presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez.