(Libertad Digital) La Gaceta de los Negocios informa este jueves de que la Sala II del Tribunal Constitucional, que aceptó el recurso de amparo de los Albertos y que debe emitir un veredicto que se espera para los próximos meses, ha sido la encargada de dictar una sentencia controvertida que cuestiona la doctrina del Tribunal Supremo sobre la prescripción de delitos y sobre la cuál se basa la condena del Supremo a los empresarios por el caso Urbanor.
Al parecer, la doctrina aplicada por el Constitucional explica que “para poder entender dirigido el procedimiento contra una persona, no basta sólo con que la denuncia o querella se presente dentro del plazo de prescripción –tal y como exige el Tribunal Supremo–, sino que dentro de ese mismo plazo es preciso que medie algún acto judicial”. De acuerdo con esta interpretación de la Ley, el Alto Tribunal ha concedido el recurso de amparo a un matrimonio condenado por la Audiencia Provincial de Orense.
La información de La Gaceta de los Negocios recuerda que en este caso la denuncia fue interpuesta poco antes de que concluyera el plazo de prescripción, pero no fue admitida a trámite hasta dos años más tarde, motivo por el cuál el Constitucional entiende que el delito de los cónyuges prescribió. La sentencia consta de dos votos particulares que entienden que “los casos que son sometidos al Constitucional deben examinarse uno a uno y sin establecerse ninguna doctrina interpretativa general”, tal y como prosigue la información de La Gaceta de los Negocios. Sin embargo, aplicando esta doctrina al caso de los Albertos se entendería que el delito por el que fueron condenados ha prescrito.