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Rubalcaba ordenó al CNI pinchar los móviles de los controladores

Según publica El Mundo, tras declarar el estado de alarma el 4 de diciembre, Rubalcaba echó mano del CNI y de sus agentes para saber, de manera puntual, cada uno de los movimientos y contactos de los líderes de USCA. Además, los controladores militares rompen su silencio en ABC.

Tal y como informa Antonio Rubio El Mundo, el protocolo de control se plasmó en dos "notas internas" redactadas o creadas el mismo fin de semana en que se declaró el estado de alarma y los controladores quedaron movilizados, es decir: los días 4 y 5 de diciembre.

En esas "notas internas" se reflejan los elementos técnicos a utilizar, la evaluación del objetivo y los domicilios de las personas a las que hay que controlar. El objetivo fundamental era poder determinar cuándo, cómo y con quién se reunían los controladores y quiénes llevaban la voz cantante.

Los dirigentes del sindicato USCA ante la sospecha de que podían ser escuchados o interceptados, dejaron de utilizar sus propios móviles y adquirieron otros teléfonos de tarjeta prepago.

Según ha sabido El Mundo de fuentes internas del CNI, en estos momentos están cruzando datos de los teléfonos con tarjeta prepago para reconstruir encuentros y reuniones entre ellos y otras personas cercanas a algún partido político que considera ilegal la militarización de los controladores aéreos.

Control judicial previo a la interceptación de las comunicaciones

Como recuerda el diario, el Centro Nacional de Inteligencia tiene la obligación de solicitar la correspondiente autorización de interceptación de llamadas telefónicas al magistrado del Tribunal Supremos designado como juez del CNI, Pablo Lucas Murillo.

Esta figura fue aprobada en 2002, bajo la Presidencia de José María Aznar, para supervisar las actuaciones del centro de inteligencia que impliquen entrada en domicilio, intervenciones telefónicas o interceptaciones de la correspondencia o comunicaciones telemáticas.

No obstante, tal y como señala en El Mundo el profesor de Derecho Penal Manuel Ollé la Ley Orgánica 2/2002 reguladora del Control Previo del Centro Nacional de Inteligencia, ya fue criticada como inconstitucional porque desde la aprobación de la Constitución de 1978, salvo consentimiento del titular, no se puede en ningún caso franquear domicilios o interceptar comunicaciones, excepto que se produzca en el marco de un procedimiento judicial penal. Para el caso de los controladores, además, al estar judicializados por presunto delito de sedición ante los tribunales de justicia, sólo esos tribunales serían los competentes para adoptar las necesarias medidas de investigación.

Los controladores militares rompen su silencio

Por otra parte, los controladores militares rompen hoy su silencio. Lo hacen en ABC, donde concede una entrevista Jesús Torres, Presidente de la Sociedad Española de Control Aéreo que representa a unos 200 controladores militares.

En ella afirma, entre otras cosas, que los controladores militares están "tan capacitados como los controladores civiles para asumir el control de una torre" y que sólo les falta la habilitación de Defensa.

Para Jesús Torres es desconcertante que Defensa no haya desarrollado la orden ministerial que les habilita como controladores: "Desde que la Unión Europea da las nuevas instrucciones para el tránsito aéreo con la directiva de 2006, esta se traspone al Estado español con el Real Decreto 15/16 de 2009". Y añade: "el Gobierno tenía de plazo un año para habilitar las licencias y expedir los certificados de actitudes. Fomento, en el caso de los controladores civiles, lo hace el día antes de que se cumpla el plazo, el 15 de octubre; pero Defensa no, y nos contesta que sigue desarrollando la orden ministerial que nos habilita".

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