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"No existe el derecho a que los hijos reciban la educación sólo en castellano"

El informe encargado por el gobierno catalán a un grupo de juristas para que interpreten las consecuencias de la sentencia sobre el Estatuto sostiene que, en la práctica, el Tribunal Constitucional no pone en peligro la inmersión lingüística en catalán ni el actual modelo de financiación.

El informe, de 43 páginas, ha estado coordinado por la secretaria del gobierno catalán, Laia Bonet, y en el que han participado Antoni Bayona, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra; Jaume Galofré, director del Gabinete Jurídico de la Generalidad; y Carles Viver Pi-Sunyer, director del Instituto de Estudios Autonómicos.

Este informe debe servir de base para que todos los partidos catalanes, excepto el PP y C´s, realicen sus propuestas en la cumbre de líderes de mañana, jueves, y exploren si es posible aprobar una resolución unitaria el próximo viernes en el Parlamento catalán.

Según su interpretación de la resolución del Alto Tribunal, "no existe el derecho a que los hijos reciban la educación sólo en una de las lenguas cooficiales, a elección de los interesados".

Asimismo, el informe, que se analizará en la cumbre que mantendrán mañana, jueves, el presidente catalán y representantes de CiU, PSC, ERC e ICV-EUiA, argumenta que el TC avala que el "catalán pueda ser el centro de gravedad del sistema educativo en Cataluña, sin que ello signifique la exclusión del castellano como lengua de enseñanza".

El informe no ve diferencias entre la sentencia y el criterio que ya manifestó el TC en una sentencia en respuesta a una cuestión de inconstitucionalidad planteada respecto a la ley de normalización lingüística de 1983. Aquella sentencia, dice el documento, planteaba si la Constitución incluye el derecho de los padres a elegir la lengua oficial en la cual se ha de impartir la escolarización de sus hijos.

"El TC resolvió, y ahora se reafirma, en que no se reconoce este derecho, sino que corresponde a los poderes públicos, en el ámbito de sus competencias, regular esta materia. No obstante, el TC permite que la Generalitat determine una mayor presencia de la lengua catalana como lengua vehicular de la educación".

En la sentencia del TC, dada a conocer en su integridad el pasado viernes, el tribunal avaló el modelo escolar que sitúa el catalán como lengua vehicular, aunque subrayó que también el castellano debe tener esta misma consideración. Los firmantes lamentan la "radicalidad sin precedentes" del Alto Tribunal al proclamar la igualdad entre catalán y castellano y que luego no se contemple el deber de conocer el catalán, tal como existe con el castellano.

Pese a que el TC declaró inconstitucional el carácter preferente del catalán en las administraciones públicas, estos juristas destacan que se permiten "medidas de normalización" para corregir situaciones de desequilibrio de una de las lenguas oficiales respecto a la otra.

El sistema de financiación

Respecto al capítulo de la financiación, el informe de expertos confirma que el actual sistema ha salido intacto en su aplicación de la sentencia del TC, aunque se hayan perdido algunos de los blindajes que en su día introdujeron los legisladores, puesto que queda bajo lo que contemple la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y los Presupuestos Generales del Estado.

El TC ha anulado el artículo 206.3, que establece que la Generalidad aportará recursos financieros para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás Comunidades Autónomas (...), "siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar".

Pero cuestiones como ésta, según los expertos, no deben dejarse de aplicar porque estos preceptos se podrán llevar adelante "siempre y cuando estén contemplados en la LOFCA o recogidos en los Presupuestos Generales del Estado o no entren en contradicción con estos textos".

Por tanto, gracias a estas normativas estatales actuales, el sistema de financiación no deberá tocarse, aunque los expertos lamentan que la LOFCA "se sitúa por delante de los Estatutos de Autonomía", cuando son leyes orgánicas iguales, aprobadas por las Cortes.

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