La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado prohibir la inscripción como partido político de Sortu, la nueva formación de Batasuna, han informado a Efe fuentes del Alto Tribunal.
La decisión no ha sido unánime. Así, el auto en el que la sala motivará la prohibición de la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior contará con tres votos particulares. En los casos de AuB, Herritarren Zerrenda, Aukera Guztiak, ANV, ASB, EHAK-PCTV, Abertzale Sozialistak, Askatasuna y D3M, las decisiones sí fueron unánimes.
Fuentes del Supremo indican que la mayoría de los magistrados sala han considerado que el rechazo de la violencia que figura en los estatutos presentados por Sortu es insuficiente para permitir su inscripción como partido. Habrían hecho suyos los argumentos de las demandas presentadas, que veían al partido como una continuación de Batasuna.
Debido a que Sortu aún no ha desarrollado su actividad política, ya que no se encuentra inscrito en el Registro de Partidos del Ministerio del Interior no puede ilegalizarse como tal. Pero sí que se podía evitar su inscripción demostrando que sus estatutos y sus promotores violan la sentencia de marzo de 2003 del Tribunal Supremo donde se ilegalizó Batasuna. Es decir, demostrando que pretende cometer un fraude de ley, tal y como han denunciado en sendas demandas la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal.
En esta tarea se empleó este miércoles la Sala presidida por Carlos Dívar y formada por los presidentes de cada una de las cinco salas que integran el Alto Tribunal y los magistrados más antiguos y más modernos de cada jurisdicción.
Los sucesivos nombramientos en el Tribunal Supremo desde 2009 han motivado que la práctica totalidad de los magistrados más modernos sean nuevos. La composición de la actual Sala del 61 –16 togados- mantiene un equilibrio de fuerzas entre magistrados progresistas y conservadores.
Etiquetados en el ala más a la izquierda se encuentran los jueces Gonzalo Moliner, Rafael Gimeno Bayón, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Ramón Alarcón, José Manuel Sieira, José Luis Calvo Cabello y Juan Antonio Xiol Ríos. Se consideran de corte conservador: Ángel Calderón, Carlos Lesmes y Ricardo Enríquez, Juan Saavedra, Jesús Corbal, Carlos Granados y Aurelio Desdentado.
Sin embargo, para un tercio de estos jueces anteriormente citados ésta es su primera deliberación sobre la ilegalidad de un partido político. Se temía que no hubiera acuerdo de todos los magistrados, como finalmente ha ocurrido.
Ahora, los batasunos podrán recurrir en amparo al Tribunal Constitucional. Para ello tendrá treinta días a partir de la notificación de la resolución, que tendrá lugar en los próximos días.