El pasado 30 de junio, la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados aprobó el informe elaborado por la subcomisión parlamentaria que durante casi dos años ha estudiado la posible reforma de la legislación electoral.
Entre las medidas incluidas en este informe está la de mantener la limitación a publicar encuestas durante los últimos días de la campaña: "Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación, difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación". En otras palabras, no se modifica de manera alguna esta medida presente en la anterior ley de 1985, la cual ANEIMO considera obsoleta en lo relativo de la publicación de sondeos electorales.
Para ANEIMO -Asociación Nacional de Empresas de Investigación de Mercados y Opinión Pública y que representa al 60% del sector de los estudios de mercado y opinión- la situación que provoca la ley es de limitación de libertad de información de los ciudadanos y discriminación hacia ellos y hacia los propios medios de comunicación españoles. La actual Ley Electoral y el informe de reforma aprobado recientemente, según desglosan en un comunicado:
- Limitan la libertad de información del ciudadano, un derecho fundamental para el ejercicio responsable del derecho a votar. Con esta limitación la Ley da un trato de inmadurez al ciudadano, no permitiéndole ejercer su voto con la máxima información disponible
- Suponen una clara discriminación de la parte mayoritaria de la ciudadanía, ya que la Ley paradójicamente no prohíbe la realización de sondeos electorales durante este periodo (y por lo tanto sus resultados son accesibles a un segmento de ciudadanos privilegiados, partidos políticos, grandes corporaciones...).
- Suponen una clara limitación al derecho de información ejercida por los medios españoles. En un mundo global, no tiene sentido limitar la difusión de resultados a los medios españoles, cuando pueden publicarse en cualquier país y, en la era digital, difundirse sin ningún tipo de barreras nacionales.
ANEIMO cita como referencia que en la en la mayoría de países de nuestro entorno político la limitación temporal no es tan extensa, o incluso no existe limitación para la publicación de encuestas electorales (Alemania, EEUU, Francia, Reino Unido, Holanda...entre otros países).
Esta denuncia se lleva realizando por parte de ANEIMO desde que está sobre la mesa la Propuesta de Modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1985. Así se expresó directamente el 13 de noviembre de 2008 a la Comisión Constitucional del Congreso. ANEIMO no ha recibido razonamiento alguno sobre esta decisión, ni se ha aceptado la comparecencia que solicitó. Asimismo, sorprende esta decisión cuando el Consejo de Estado presentó un informe al Gobierno en marzo de 2009 en que explicaba que la prohibición de publicar encuestas los cinco días anteriores a las votaciones era "inconsistente". Dicho informe contaba con el apoyo de la mayor parte de grupos políticos.