Menú

El fiscal compara el caso Garzón con el caso Liaño

El fiscal apoya la recusación de los magistrados del Supremo. Dice que el caso Garzón tiene similitud con el caso Liaño.

El fiscal apoya la recusación de los magistrados del Supremo. Dice que el caso Garzón tiene similitud con el caso Liaño.

La Fiscalía del Tribunal Supremo apoya uno de los motivos de las recusaciones presentadas por el juez Baltasar Garzón contra cinco de los magistrados que componen el tribunal que debe juzgarle por investigar sin competencia los crímenes franquistas.

Los considera "contaminados" por haber intervenido en varios momentos de la instrucción, pero no cree que deba presumirse que tienen un interés directo en la causa, ya que su actuación procesal "aparece como irreprochable".

Los recusados son presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruiz, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. Garzón alegó que su intervención en varios momentos de la instrucción de la causa los inhabilita para juzgarle con la suficiente imparcialidad (artículo 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), y les acusó también de tener intereses espúreos (artículo 219.10 de la misma ley).

En un escrito de 11 páginas remitido este jueves al tribunal, el fiscal Luis Navajas apoya el primero de los motivos y destaca las "innegables similitudes" de este procedimiento con el caso Liaño.

Así, recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a indemnizar al ex juez Javier Gómez de Liaño –que fue condenado por un delito de prevaricación– con 5.000 euros en concepto de "daños morales" debido a que los magistrados que le juzgaron habían intervenido anteriormente en numerosos actos de instrucción del caso. Ello supuso una violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Caso Liaño

"Este asunto presenta una considerable proximidad y similitud con el que ahora nos ocupa", advierte el fiscal Navajas, que añade en su escrito que en el caso Liaño tres de los magistrados que le juzgaron formaron la Sala del mismo tribunal que admitió la querella contra él y desestimaron los recursos que el ex juez interpuso. Lo mismo ha ocurrido en el caso de Garzón.

El TEDH acabó estimando, según recuerda el fiscal, que "la imparcialidad del tribunal podía suscitar serias dudas, en la medida en que todos sus miembros habían participado en varios actos de instrucción y, en particular, en la resolución del recurso de apelación contra la orden de inculpación del demandante".

En el caso de Garzón, los cinco magistrados recusados intervinieron en la instrucción de la causa admitiendo a trámite la primera querella contra el juez; realizando diligencias previas de instrucción antes de decidir la admisión a trámite de la misma; firmando resoluciones denegando de plano la personación de las víctimas de los crímenes franquistas y negándose a resolver sus diversas peticiones, entre otras actuaciones, según acredita la defensa del juez suspendido de la Audiencia Nacional.

La Fiscalía rechaza, sin embargo, que se dé el motivo de recusación previsto en el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sobre interés directo de los magistrados recusados. "Esta segunda causa de recusación ha de rechazarse de plano por el Ministerio Fiscal, pues no es sólo que no podamos presumir la falta de imparcialidad subjetiva en la Sala recusada sino que, desde este punto de vista, toda su actuación procesal aparece como irreprochable".

El Ministerio Público reproduce en su escrito abundante doctrina del Tribunal Constitucional para destacar además que la ausencia de una segunda instancia en los supuestos de aforamiento ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo -como ocurre en el caso de Garzón, que no puede ser juzgado por otro órgano diferente-, "exigen, necesariamente, un reforzamiento de las garantías para el imputado, espantando cualquier sombra de sospecha que, de alguna manera, pudiera empañar el recto ejercicio de la función de juzgar".

El pasado viernes, la Sala de lo Penal del Supremo acordó paralizar la tramitación de esta causa –una de las tres que mantiene abiertas contra el juez suspendido de la Audiencia Nacional–, con el fin de tramitar las recusaciones presentadas por la defensa del juez contra los cinco magistrados.

Por su parte, la acusación popular, ejercida por el Sindicato Manos Limpias, ha remitido este lunes un escrito a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en la que opone a las recusaciones presentadas por Garzón porque a su juicio tratan de "politizar" el caso.

La última decisión adoptada por los recusados –a los que hay que sumar los otros dos magistrados que completan la sala que juzgará a Garzón, que son Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero–, fue el rechazo de la práctica totalidad de las pruebas solicitadas para el juicio por la defensa de Garzón.

Temas

En España

    0
    comentarios
    Acceda a los 6 comentarios guardados

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Escultura