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Griñán desafía a la jueza y se niega a dar las actas del consejo de Gobierno

Según el gobierno socialista, la petición de la juez Mercedes Alaya va contra la Ley de la Comunidad Autónoma.

José Antonio Griñán no quiere que la juez del caso ERE, Mercedes Alaya, disponga de las actas del consejo de Gobierno de los últimos diez años que ha solicitado. Según el gobierno socialista, las actas contienen documentos varios de carácter reservado y la petición de la juez va contra la Ley de la Comunidad Autónoma. A cambio, se compromete a remitir certificados de las decisiones adoptadas sobre los ERE. Si la juez no acepta, desatará un conflicto de competencias que deberá resolver el Tribunal Supremo. 

"Queremos sustituir las actas por certificados de acuerdos concretos o informes concretos del Consejo de Gobierno, llegando al mismo fin, y hacer partícipe al juzgado de la misma información de carácter relevante, pero utilizando otra vía que respete la Ley del Gobierno", dijo ayer Mar Moreno, la consejera de Presidencia.

La razón es bien sencilla. Según la Ley del Gobierno de la Junta de Andalucía dice en su artículo 30.3: "Los acuerdos del Consejo de Gobierno deberán constar en un acta, en la que figurarán, exclusivamente, las circunstancias relativas al tiempo y lugar de su celebración, la relación de los asistentes, los acuerdos adoptados y los informes presentados".

Es decir, es probable que entre los documentos presentados en el caso ERE se encuentren los informes del Interventor, que podrían haber sido conocidos por todo el consejo de Gobierno en 2005, 2006 y 2007. La juez, pues, quiere saberlo con conocimiento de causa suficiente.

Pero la Junta se acoge al artículo 31 que dice:

"Artículo 31. Deber de secreto.

  1. Los documentos que se presenten al Consejo de Gobierno tendrán carácter reservado hasta que el propio Consejo de Gobierno acuerde hacerlos públicos.
  2. Las deliberaciones del Consejo de Gobierno, así como las opiniones o votos emitidos en él, tendrán carácter secreto, estando obligados sus integrantes a mantener dicho carácter, aun cuando hubieran dejado de pertenecer al Consejo de Gobierno."

El gobierno Griñán considera, según informa ABC, que la juez no distingue entre documento administrativo y documento político. Si bien los primeros podrían hacerse públicos, los segundos no. Los de índole política "no se someten al principio de publicidad ni de certificación a no ser que de manera expresa se determine lo contrario por acuerdo del Gobierno", precisó Mar Moreno.

Pero en los artículos ya reseñados, la Ley no distingue entre documentos presentados al Consejo de Gobierno. Todos tienen carácter reservado hasta que el Consejo de Gobierno acuerde hacerlos públicos.

Por ello, la Junta aprobó ayer un "requerimiento de incompetencia" que se enviará al juzgado. Considera, pues, que un juzgado carece de jurisdicción para «levantar el carácter reservado de parte del contenido de las actas». Si la juez insiste, la Junta quiere que lo resuelve el Tribunal Supremo.

¿Pueden o no pueden los jueces en una investigación penal acceder a cualquier tipo de documentación? ¿Pueden pedir todo documento administrativo y las actas lo son? ¿Son secretas las actas o las deliberaciones del consejo de Gobierno? Todo eso se dirime en este caso en el que muchos temen que aunque la juez concrete más su petición, la Junta se negará a entregar todo tipo de documento comprometedor.

Precedente del caso Matsa

En el recurso contencioso administrativo seguido ante el tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se solicitó por los recurrentes (diputados del PP), la prueba documental consistente en el acta del consejo de gobierno donde se acordó por el mismo conceder la subvención de 10 millones de euros a la empresa MAT SAU. El consejo de gobierno no remitió el acta completa pero sí su contenido en lo referente al acuerdo adoptado sobre el incentivo a la empresa minera. Por tanto, está claro que el consejo de Gobierno, aunque las actas contengan elementos reservados, los hace públicos y los remite a las partes implicadas si así lo piden. En el caso de una juez y en un caso penal, la actitud de la Junta debería ser, cuando menos, la misma y desde luego, más abierta a que se haga justicia mediante el conocimiento de todos los elementos.

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