LD (Europa Press) El escrito explica que la intención de Garzón "siempre" fue la de "garantizar la tutela judicial de las víctimas" y por ello aceptó sus denuncias, incoó unas diligencias previas, se declaró competente para la instrucción, comprobó si los presuntos culpables habían fallecido y, tan pronto le hubo costado de forma fehaciente el fallecimiento de los mismos, "declaró, sin demora, la extinción de sus posibles responsabilidades e inhibirse a favor de los tribunales competentes".
Por ello, el recurso de súplica denuncia que los jueces del Tribunal Supremo que han aceptado la admisión a trámite de la querella parecen defender la necesidad de "comprobar si un quellerado está vivo antes de incoar una causa contra él". "Ya habían fallecido (...) es posible que así sea, pero a los efectos de la jurisdicción, el juez instructor tiene la obligación jurisdiccional de comprobar fehacientemente el óbito, y así debe hacerse siempre", añade el escrito.
A este respecto el escrito se refiere a la decisión de la Fiscalía que la semana pasada solicitó la detención de tres guardias nazis de la SS por sus presuntas responsabilidades durante la Segunda Guerra Mundial. "¿Le consta al Ministerio Público si estas personas, que eran adultas en los años en los que se produjeron los hechos están vivas o muertas?", dice el abogado.
En cuanto al sindicato responsable de la querella, Manos Limpias, el recurso tacha a la agrupación como "sindicato franquista" e indica que su acción "no cumple las exigencias de la especialidad y concreción". Asimismo, el escrito destaca que existe "una razón de enemistad previa" hacia el magistrado. "Es evidencia que la querella no es más que una burda represalia contra el juez" por rechazar en el pasado una denuncia contra el líder comunista Santiago Carrillo, dice el abogado.
En su recurso de súplica, presentado el pasado sábado ante el Tribunal Supremo, el abogado añade que ninguno de los magistrados de la Audiencia Nacional "advirtió mala fé ni indico de conducta irregular" en la actuación del juez, que se limitó, dice "a defender jurídicamente y con argumentos fundados en Derecho su competencia" para investigar los crímenes cometidos durante la dictadura franquista.
El escrito califica las divergencias entre el magistrado y la Fiscalía respecto a la competencia en la investigación sobre la Memoria Histórica como "un debate jurídico" que resolvió la Sala de lo Penal a través de un auto "importante porque muestra el encendido debate que suscitó la confrontación de pareceres, que incluyó votos particulares en contra".
Destaca, además, que la interpretación de Garzón de la competencia fue compartida "por otros magistrados de la Audiencia Nacional y probablemente otros más fuera de ella" como demuestra el voto en contra de la decisión mayoritaria.
"Lo importante es que todos los magistrados de la Sala de lo Penal aceptaron que estaban en presencia de un debate jurisdiccional en el que se enfrentaban lealmente dos interpretaciones diversas de la Ley", recuerda el escrito. "Ni uno solo de los que componen el Pleno de la Sala de la Audiencia Nacional advirtió que Baltasar Garzón fuese supuestamente un prevaricador por haber sostenido su competencia", agrega.
El abogado del juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, recurrió el pasado sábado en los Juzgados de Plaza Castilla la admisión a trámite por parte del Tribunal Supremo de la querella por prevaricación presentada en su contra por el sindicato Manos Limpias, informaron fuentes jurídicas. El texto se encuentra ya en poder del alto tribunal a pesar de que el plazo para la presentación de este recurso de súplica contra la decisión finalizaba mañana a las tres de la tarde. Martínez Fresneda, presentó hoy documentación complementaria, añadieron las citadas fuentes.
El alto tribunal decidirá por tanto sobre la admisión a trámite en los próximos días después de que la Fiscalía haya declinado la posibilidad de recurrir en súplica a su vez el inicio de la investigación por prevaricación sobre el juez de la Audiencia Nacional.
El recurso añade que no se dan "ninguno de los requisitos de una supuesta prevaricación" por parte de Garzón ya que no ha existido apariencia de resolución injusta ni intención de cometer este ilícito en ningunas de las resoluciones adoptadas por el juez.
"Es cierto que han existido discrepancias jurídicas con el Ministerio Fiscal, aunque la regla general ha sido la coincidencia y el acuerdo, pero tales discrepancias, ya cerradas, se enmarcan en una diferencia pero legítima interpretación de las normas procesales", insiste el escrito que destaca que una vez que la Sala de lo Penal tomó una decisión Garzón acató la resolución "sin manifestar la más mínima discrepancia o renuencia".
"La decisión de el Tribunal Supremo resulta, a juicio de esta parte, jurídicamente inaceptable, dicho sea con el máximo respeto", dice el recurso y recuerda que la jurisprudencia exige para que exista prevaricación que la resolución tomada por el juez sea, no sólo jurídicamente incorrecta sino que esté en contradicción con el ordenamiento jurídica de forma "tan patente y grosera que pueda ser apreciado por cualquiera".
El escrito defiende que el principal motivo del juez para reconocerse competente es que la Audiencia Nacional está habilitada para enjuiciar los delitos contra los Altos Organismos de la Nación y forma del Gobierno. "No parece que existan muchas dudas de que la intención de los militares que ejecutaron el golpe militar en julio de 1936 era cambiar por las armas de Gobierno"
El letrado se refiere, también, a la actitud de la Fiscalía en el marco de la causa sobre la Memoria Histórica y recuerda que el Ministerio no recurrió el auto de incoación de diligencias previas ni ninguna de las providencias por las que Garzón fue acordando diligencias complementarias. "Si la decisión del juez fue tan manifiestamente extravagante, cabe pensar que el Ministerio Fiscal hubiera reaccionado frente a ellas desde un primer momento", dice.
Menciona, por otra parte que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz tuvo que sustituirle durante la instrucción de la causa durante una baja médica y tomó decisiones como la autorización para proceder a la práctica de exhumaciones. "Parece extraño pensar que si Garzón pervirtió de forma grave el orden jurídico esta grosera asunción debería haber sido advertida por este otro magistrado que temporalmente se hizo cargo de la causa y siguió instruyéndola", explica.
Además, el recurso recuerda que el pasado jueves un Juzgado de Instrucción número 3 de Granada rechazó la inhibición acordada por Garzón a su favor sobre la apertura de la tumba donde se encuentra enterrado el poeta Federico García Lorca e insistió en que la competencia corresponde a la Audiencia Nacional. "Con estos antecedentes no parece que la decisión de Garzón, avalada por otros magistrados, y no cuestionada como extravagante o absurda merezca que se incoe una instrucción penal" por prevaricación".