La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha decidido suspender el curso del procedimiento sobre las competencias de los juzgados territoriales en la apertura de las fosas del franquismo hasta que no se resuelva la causa que el alto tribunal tramita contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por sus investigaciones de las desapariciones durante la Guerra Civil y la dictadura.
En una providencia hecha pública el viernes, el Supremo responde así a la cuestión de competencia planteada por el juez Garzón, después de que los juzgados de instrucción número 2 de San Lorenzo de El Escorial y el juzgado de instrucción número 3 de Granada rechazaran la inhibición del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, atribuyendo a los juzgados territoriales la competencia sobre la apertura de las fosas que se encontraran en su demarcación.
Ahora, el alto tribunal alega que dado que el objeto de este asunto está "directamente relacionado con los hechos que se instruyen" en la causa sobre las investigaciones de Garzón sobre el franquismo, contra la que Manos Limpias, la Falange y Libertad e Identidad presentaron una querella, "procede suspender" el curso del procedimiento sobre las cuestiones de competencia hasta que se resuelva la causa de Garzón.
"Todo ello sin perjuicio de que durante el tiempo en el que se prolongue la suspensión, los interesados puedan ejercitar los derechos" derivados de la Ley de Memoria Histórica, "por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura", añade el Supremo.
El 8 de julio de 2009, el Juzgado de Instrucción número 2 de El Escorial rechazó la inhibición planteada por el juez Garzón para asumir la competencia relativa a la parte de la causa sobre la memoria histórica que corresponde al partido judicial de San Lorenzo de El Escorial en relación con las exhumaciones de los restos mortales depositados en el Valle de los Caídos. Unos días antes, el 30 de junio, el juez de Granada había dado una respuesta idéntica a la Audiencia Nacional en relación con la fosa en la que se suponía que estaban los restos del poeta Federico García Lorca.
El 26 de diciembre de 2008, Garzón se había declarado incompetente para instruir sobre las muertes y desapariciones producidas durante este periodo. Tanto el juez de El Escorial como el de Granada rechazaron hacerse cargo del caso alegando la interconexión de los hechos que corresponden a este partido judicial con los ocurridos en el resto de España.
En concreto, y antes de ser acusado por prevaricar al investigar este asunto, Garzón se inhibió en favor de los juzgados de La Coruña, Asturias, Badajoz, Burgos, Castellón, Córdoba, Granada, Huelva, Huesca, León, Lugo, Madrid, Navarra, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Soria, Toledo, Zamora, Zaragoza, Alicante, Valencia, Manacor y Palma de Mallorca.
Se inhibió también en favor de los Juzgados de Instrucción Decanos de las localidades de Herrera del Duque (Badajoz), Pamplona (Navarra), Trujillo (Cáceres) y Astorga (León) para que sean estas dependencias judiciales las que den respuesta a " las exhumaciones solicitadas" . En la mayoría de estos lugares la investigación de las fosas se mantiene paralizada.