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El Supremo levanta una multa al juez Navarro por llamar "terrorista" a Aznar pero le mantiene otra por descalificar a Garzón

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha levantado la multa impuesta por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 3.606 euros por dos faltas graves al juez Joaquín Navarro Estevan, por acusar al entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, de hacer declaraciones "propias de un terrorista", y censurar las actuaciones contra el entorno de ETA realizadas por el ex ministro del Interior Jaime Mayor Oreja. Sin embargo, le ha mantenido una 300 euros por decir que Garzón se inventa los sumarios.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha levantado la multa impuesta por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 3.606 euros por dos faltas graves al juez Joaquín Navarro Estevan, por acusar al entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, de hacer declaraciones "propias de un terrorista", y censurar las actuaciones contra el entorno de ETA realizadas por el ex ministro del Interior Jaime Mayor Oreja. Sin embargo, le ha mantenido una 300 euros por decir que Garzón se inventa los sumarios.
L D (Europa Press) El alto tribunal mantiene, sin embargo, una multa de 300,51 euros al magistrado como autor de una falta leve por diversas declaraciones referidas al juez Baltasar Garzón vertidas en la misma entrevista al diario "Gara", publicada el 23 de noviembre de 2000. Entre otras afirmaciones, Navarro señalaba que la declaración del entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, de que un terrorista es siempre un terrorista aunque sea menor, era "propia de un terrorista". Asimismo, acusaba a Mayor Oreja, entonces ministro del Interior, de actuar en connivencia con el juez Garzón en las actuaciones contra el entorno de ETA. De este último magistrado de la Audiencia Nacional, añadía que se inventaba "casi todo" en sus pesquisas sobre los grupos cercanos a la banda terrorista.
 
El Supremo, basándose en la Ley Orgánica del Poder Judicial, señala que las afirmaciones de Navarro sobre Aznar y Mayor Oreja "no son incardinables en la falta grave" que indica el artículo 418.3 de este texto legal. Añade que el magistrado no expresó ninguna censura referida a la actuación del entonces presidente del Gobierno, sino que preguntado por unas manifestaciones de éste, expuso "en los términos más duros la opinión que le merecía aquella manifestación". Lo mismo afirma la sentencia respecto del que fuera ministro de Interior, Jaime Mayor Oreja. Añade el Supremo que para incurrir en falta grave, la norma requiere que la conducta se realice "invocando su condición de juez o sirviéndose de tal condición". "Nada de ello sucede en el caso que nos ocupa pues a lo largo de la entrevista, el Sr. Navarro en ningún momento invocó su condición de juez ni hay indicio de que se sirviese de ella para ser entrevistado", indica.
 
Mantiene la multa por las alusiones a Garzón
 
En cambio, el alto tribunal justifica la falta leve impuesta al juez Navarro por sus alusiones al juez Baltasar Garzón en la entrevista, al tratarse de "expresiones y valoraciones con una inequívoca significación de menosprecio hacia la actuación profesional de ese magistrado".  "La intensidad de la ofensa es considerable, pues allí se imputa a Garzón el dictado de 'autos de procesamiento o de prisión absolutamente fabulados', el estar llevando a cabo 'una caza de brujas', la adopción de decisiones en las que 'ha habido una actuación gravísima de prevaricación', el estar 'actuando de forma chulesca' o 'sabiendo que sus decisiones, por injustas que sean, son impunes porque están respaldadas por el poder político'", destaca.
 
Cuando fue sancionado, el juez Navarro era presidente de la Sección Décima de la Audiencia de Madrid. Este magistrado acumuló multas del Consejo en los años anteriores por un importe global superior al millón y medio de pesetas (9.000 euros), por críticas a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, al juez Garzón o al Gobierno, vertidas en diferentes artículos periodísticos. Fue sancionado en diciembre de 2001 y por un total de 680.000 pesetas (unos 4.000 euros) por un artículo incluido en la revista clausurada por Garzón "Ardi Beltza", dirigida por el periodista Pepe Rei.
 
El fiscal solicitaba que no se sancionase a Navarro Estevan por considerar que sus declaraciones no eran constitutivas de falta disciplinaria. En su día, la instructora del expediente propuso también el archivo en lo relativo a las frases contra Aznar y Mayor Oreja, aunque sí consideraba falta leve las referidas a Garzón. Sin embargo, la Comisión Disciplinaria entendió que existían faltas graves hacia el presidente del Gobierno y el ex ministro del Interior, y le solicitó una propuesta con sanción en ese sentido. Las declaraciones de Navarro Estevan fueron objeto de una querella de la Fiscalía en la Audiencia Nacional por delito de injurias contra instituciones del Estado, que fue archivada el pasado mes de enero por el juez Guillermo Ruiz Polanco a instancias del propio fiscal, al no apreciar finalmente indicios de delito.

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