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El TS respalda a Garzón: "El juez debe investigar hasta alcanzar indicios fundados"

El Tribunal Supremo ha archivado la querella que el PP interpuso contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación en relación con su actuación en el marco de la operación Cacería.

AUTO ARCHIVO QUERELLA PP
El Tribunal Supremo ha archivado la querella que el PP interpuso contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación en relación con su actuación en el marco de la operación Cacería.

LD (Ángela Martialay) En un auto notificado este martes, el Alto Tribunal justifica el archivo de la querella por un presunto delito de prevaricación del juez Baltasar Garzón en relación con su actuación en el marco de la operación Cacería ante la "falta de indicios suficientes de la comisión de un hecho delictivo".

El pasado día 25 de febrero, el PP presentó ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo una querella criminal por prevariación contra el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, en la que denunció la "decisión consciente de suplantar la ley" por parte del magistrado y el hecho de que éste no se haya inhibido en el plazo de tres días establecido por ley, según informaron en fuentes populares.

Por su parte, la Fiscalía pidió al Tribunal que se archivase la querella del PP contra el juez Baltasar Garzón por prevaricación "por no constituir delito alguno las actuaciones ”.

Ahora, en la resolución judicial en la que ha sido ponente el magistrado, Juan Saavedra, el Supremo rechaza los argumentos esgrimidos por los populares. En primer lugar, porque según el Alto tribunal la querella del PP está basada en hechos conocidos a través de los medios de comunicación.

“Debemos señalar ante todo que la fuente de conocimiento de los mismos, los medios de comunicación, no es la idónea para analizar con el rigor necesario los indicios de hecho que se exponen”, reza el auto. Para la Sala, "los datos o hechos transmitidos están extraídos de fuentes ajenas a la instrucción y por ello no es posible basar en los mismos la existencia de indicios consistentes de delitos".

La "indefensión" compete a la Audiencia

Además, el tribunal añade que, si bien es cierto que el conocimiento por los imputados de la instrucción a través de la prensa "puede generar una situación de aparente indefensión", eso sólo podrá verificarlo en su día "el órgano judicial competente para revisar dicha instrucción, que en principio es la sala de lo penal de la Audiencia Nacional".

Por otro lado, y en lo concerniente a la falta de competencia de Garzón para instruir los hechos, a raíz de darse a conocer la posible implicación de aforados nacionales (diputados o senadores de las Cortes que deben ser enjuiciados en el Supremo), el Alto Tribunal explica que “cuando se imputan acciones criminales a un grupo de personas y alguna de ellas tiene el carácter de aforado, es exigible no sólo que se individualice la conducta concreta que respecto a este aforado pudiera ser constitutiva de delito, sino también que haya algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación”.

Estas condiciones no se dieron cuando los populares presentaron su querella contra el juez ya que la implicación del tesorero del PP, Luis Bárcenas, y el eurodiputado, Gerardo Galeote, se produjeron a posteriori en el auto en el que el magistrado dio traslado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid de la causa. En este sentido, el Supremo sentencia que “no basta la mera imputación personal del aforado para que el instructor suspenda inmediatamente la instrucción y remita la causa al órgano competente, sino que el juez puede y debe investigar hasta alcanzar indicios fundados que justifiquen dicha imputación”.

De esta forma, el Supremo defiende la actuación procesal de Baltasar Garzón en el marco de la operación Cacería, aunque a colación recuerda que el titular el juzgado número 5 de Instrucción de la Audiencia Nacional retuvo de forma “indebida” durante cerca de ocho meses el caso de Segundo Marey, la primera acción terrorista reivindicada por los GAL, tal y como sostuvo la sentencia 69/2001 de Tribunal Constitucional.

Por su parte, el líder del PP, Mariano Rajoy, ha declarado al conocer la noticia que desde su partido se respetan las decisiones judiciales. “Nosotros lo único que hemos dicho que Garzón es un juez parcial”, añadió a continuación.

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