(Libertad Digital) El primer partido de la oposición sostiene que el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, viene utilizando en la campaña electoral de las elecciones europeas "aviones públicos oficiales como medio de desplazamiento para la realización de actos electorales", tal como se publicó en distintos medios y se ha "reconocido" desde la Presidencia del Gobierno.
Los populares citan en su escrito, recogido por Europa Press, varias disposiciones legales que se refieren a la exigencia de una "adecuada contabilización y financiación por los partidos", así como a "las responsabilidades que pudieran derivarse en caso contrario". Así, recuerdan que el artículo 130 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General incluye expresamente los gastos de desplazamientos de los candidatos y de los dirigentes de los partidos, que deben ser registrados en la contabilidad que tienen que rendir ante el Tribunal de Cuentas.
Además, el PP añade que, una vez que los partidos han recibido las ayudas públicas para la financiación de sus campañas, la Ley Electoral establece en el artículo 128 la prohibición de efectuar otras aportaciones "provenientes de cualquier administración o corporación pública". Esta prohibición, continúa, también se recoge en la Ley de Financiación de los partidos políticos que se aprobó en 2007.
Cumplir con el principio de igualdad
Por todo ello, el partido de Mariano Rajoy asegura en su escrito que el coste derivado de la utilización del avión militar Falcon "deberá figurar en la contabilidad que el administrador del Partido Socialista habrá de rendir al Tribunal de Cuentas" que, según añade, "deberá incluir todos los ingresos y gastos relacionados con la campaña electoral".
El PP advierte que si esos gastos no estuvieran incluidos en la contabilidad electoral presentada, se estaría "ante un manifiesto incumplimiento del principio de igualdad que ha de regir todo proceso electoral de conformidad con las normas más básicas del comportamiento democrático".
Y en ese caso, añade, además de las sanciones que en el ámbito de la fiscalización pudieran proponerse, la Ley Electoral establece dentro del capítulo referido a los delitos e infracciones electorales, que los administradores generales y de las candidaturas de los partidos que "falseen las cuentas, reflejando aportaciones o gastos o usando de cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables, serán castigados con la pena de prisión menor y multa de 30.000 a 300.000 pesetas".
Asímismo, el PP señala en su escrito que en el caso de que la contabilidad electoral no hubiera incorporado los gastos aludidos, "su coste habría sido soportado por la propia Administración General del Estado, en contra de lo señalado en el mencionado artículo 128 de la Ley Electoral". Esta actuación, resalta, "habría supuesto un uso indebido de los recursos públicos que se habrían visto perjudicados, al menos, en el importe de los citados gastos, cuya reposición al Tesoro público podría exigirse a través del pertinente procedimiento de responsabilidad contable".
La Junta Electoral no se pronuncia
La Junta Electoral Central (JEC) decidió no pronunciarse sobre la posible irregularidad que supone el uso del Falcon por Zapatero, para acudir a actos electorales, por cuanto este asunto "excede" sus competencias. Así lo acordó este lunes el máximo órgano arbitral electoral en una reunión celebrada en su sede del Congreso de los Diputados para estudiar una denuncia presentada por el PP respecto a la "desventaja" que para el resto de los partidos supone que Zapatero se desplace en aviones militares a mítines y actos electorales.Fuentes de este órgano explicaron a la agencia pública Efe que el acuerdo fue adoptado por unanimidad, una vez analizado el escrito del PP. El Partido Popular solicitó también en su denuncia que la JEC determinara el coste de cada viaje en Falcon del jefe del Gobierno para trasladar esta información al Tribunal de Cuentas, con el objeto de que su importe "sea computado al PSOE como gasto electoral".
En esta materia, la Junta Electoral acordó, igualmente por unanimidad, trasladar al PP que para cualquier consideración respecto a los gastos electorales debe ser el Tribunal de Cuentas el que se pronuncie, por lo que tampoco entra en el fondo de la cuestión.