Según publica este viernes La Razón, el fiscal general del Estado, rechazó en 1997, siendo magistrado ponente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, un recurso de la Asociación de Víctimas del Terrorismo y del Ministerio Fiscal, por los mismos motivos que apuntalan hoy el caso Gürtel.
En esta causa se juzgaba a varias personas por delito colaboración o pertenencia a banda armada, que fueron absueltos, entre otros motivos porque se anuló la prueba clave, las conversaciones grabadas entre los acusados de terrorismo y sus abogados.
En su momentó avaló esta decisión asegurando que esas grabaciones "vulneraban el un derecho fundamental" aunque se tratase de "una causa relacionada con el terrorismo, un asunto excepcional que afecta al sistema democrático". En el caso de los supuestos etarras, prevalecían el derecho fundamental de defensa.
Pero su actuación en el caso Gürtel evidencia la incoherencia de Pumpido. Ahora, como Fiscal General del Estado fijó el criterio del Tribunal Supremo sobre en qué supuestos se podían intervenir las comunicaciones entre abogados y clientes: "Solo en casos de terrorismo y con autorización judicial". Pero su actuación al frente de la Fiscalía tampoco concuerda con estos supuestos.
En el caso Gürtel, se grabaron las comunicaciones entre presos y sus abogados, y no opuso ninguna impedimento para que el juez Baltasar Garzón las autorizara. Según fuentes de La Razón, Pumpido defendió a ultranza la validez de estas grabaciones cuando surgieron las críticas de los Colegios de abogados y juristas. No le importó entrar en contradicción con sus propios argumentos.