LD (Ángela Martialay) El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves anular la sanción de 600 euros que impuso en marzo del año pasado al juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita. La multa se debió a una falta disciplinaria que el órgano de gobierno de los jueces entendió que cometió al proferir "expresiones extravagantes" en un auto en el que otorgaba la custodia de dos niñas a su padre porque la madre mantenía una relación lésbica.
La propuesta la ha llevado a cabo por el vocal Antonio Montserrat, que defiende la anulación de la sanción porque, tal y como alegó el propio juez en un posterior recurso de alzada, el proceso disciplinario superó el plazo de seis meses establecido para este tipo de trámites por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) por ocho días.
En diciembre de 2008, Ferrín Calamita fue condenado por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público y una indemnización de 6.000 euros por el retraso en los trámites de la adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica. Durante el proceso, tanto el juez como su abogado, Javier Pérez Roldán, ha denunciado la politización del alto tribunal de Murcia, así como numerosas irregularidades en el proceso judicial.
Nuevo recurso
Desde que el pasado 23 de diciembre el TSJ murciano dictase la sentencia condenatoria ha tenido que llevar a cabo dos correciones en menos de un mes. Ahora, la plataforma Ferrín Calamita denuncia una nueva irregularidad en el proceso de enjuiciamiento del juez de familia. En esta ocasión, se denuncia que el juzgado no ha notificado el segundo auto aclaratorio de la sentencia condenatoria, “lo que puede originar una indefensión denunciable ante los tribunales Supremo y Constitucional”. Por ellos, la defensa de Calamita ha presentado un nuevo recurso ante el TSJ.
Según manifiesta el abogado de la defensa, Sr. Pérez-Roldán "cada vez comprendemos menos a la Sala. En un caso de tanta relevancia mediática no es de recibo que se produzcan tantas incidencias una vez dictada la Sentencia. No entendemos como han podido olvidarse de la segunda notificación, y más cuando el Tribunal Constitucional viene estimando números recursos de amparo por indefensión cuando no se produce la segunda notificación".