LD (Ángela Martialay) La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido este jueves que sea la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional la que estudie el informe del Servicio de Inspección sobre la posible sanción al juez Baltasar Garzón, por incurrir en una supuesta negligencia el magistrado al dejar en libertad a dos supuestos narcotraficantes turcos el pasado mes de julio.
Dicho error judicial fue destapado por el diario El Mundo el pasado mes de septiembre. Sin embargo, fue el sindicato Manos Limpias quien denunció el hecho ante el órgano de gobierno de los jueces. Ahora, el Consejo estima que en el caso de que hubiera falta, esta habría sido leve, por lo que le compete a la Audiencia decidir si abre expediente al magistrado o archiva la causa.
Una falta leve: multa o amonestación
En el informe del Servicio de Inspección, al que ha tenido acceso Libertad Digital, Garzón explica que la excarcelación de los dos imputados vino obligada al apercibirse el Juzgado Central de Instrucción número 5 que, por una equivocación de unos pocos días, había caducado el plazo para prorrogar sus prisiones preventivas durante dos años más. La detención de los narcotraficantes se produjo en dos días distintos (10 y 18 de julio), lo que propició que en la 'carpetilla' donde se archivaron las diligencias sólo constase la segunda fecha.
Por su parte, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional puede imponer a Garzón una multa o, simplemente, amonestarle. También se propone remitir el expediente a la Fiscalía General del Estado para que valore la conducta de la Fiscalía Antidroga.
En el expediente del CGPJ constan las alegaciones de Garzón sobre el asunto quien, si bien reconoce el error, califica la noticia de El Mundo de ser “sesgada”, “intencionadamente modificada” y “falta de daros relevantes”. No obstante, el magistrado asume que, en cuanto a titular del Juzgado, él es el único responsable de la situación de los presos preventivos.
El juez debe hacer "un examen periódico de la causa"
Por otra parte, la Inspección advierte en su informe al juez que "de una especial diligencia en el control de los plazos de los sometidos a estas medidas cautelares que, si se infringe, debe conllevar una respuesta disciplinaria". Entiende que el magistrado debe realizar "un examen periódico de la causa y, sobre todo, de las piezas de situación personal para poder efectuar el control necesario de una medida tan restrictiva como es la de prisión".
"Si realmente esa forma de actuar hubiese sido la que se hubiese llevado a cabo en este caso, no se habría mantenido el error inicial en la consignación de las fechas de detención de los imputados", concluye la Inspección. Sin embargo, el CGPJ también tendrá en cuenta “la ausencia de intencionalidad en la conducta de Garzón, el que no haya existido perjuicio alguno y que la infracción