LD (EFE) Ese es el dilema al que se enfrenta ahora el magistrado instructor, Tom Burgess, tras oír este viernes los argumentos del abogado de la defensa, Edward Fitzgerald, y de la Fiscalía de la Corona, que representa los intereses españoles ante este tribunal norirlandés. "No se debería mirar si el caso presentado es sólido o débil", advirtió el fiscal Stephen Ritchie, quien recomendó ceñirse al texto de la orden de extradición para concluir que los actos atribuidos a De Juana también son delito en la legislación británica, lo que, en su opinión, permitiría la entrega inmediata.
Para la defensa, el problema radica en que la orden europea de detención y entrega (OED) es "defectuosa", "contradictoria y "demasiado vaga", pues está basada en informaciones periodísticas que reproducen las palabras que se pronunciaron durante el homenaje que se rindió a De Juana en agosto pasado, tras salir de la cárcel.
En ese acto, celebrado en San Sebastián, una mujer no identificada leyó una carta atribuida al ex miembro del "grupo Madrid" de ETA y responsable de 25 asesinatos durante la década de los 80, que incluía frases en las que se recordaba a históricos etarras como Esteban Nieto, fallecido en septiembre de 1999. "Todo lo que tenemos es a un periodista que escribe algo que supuestamente se dijo. Con todos los respetos, pedimos que, si esa supuesta conducta es la base para averiguar si es delito si, digamos, se comete en Inglaterra, debería ser especificada con precisión y exactitud", arguyó el abogado defensor.
La Audiencia Nacional considera que también puede haber delito en el final de la citada carta, que dice así: "sólo quiero recordar las palabras de un gran hombre y por suerte amigo de este pueblo: '¡Aurrera Bolie!' ('Adelante la pelota', en lengua vasca)", una expresión con la que el fallecido histórico dirigente de ETA Domingo Iturbe Abasolo, alias "Txomin", solía concluir sus discursos.
En opinión de Fitzgerald, esa frase podría ser interpretada de varias maneras, como "seguid adelante" o "resistid", como unas palabras de ánimo para otros presos de ETA y no como una exhortación para continuar la lucha armada, como mantiene la Justicia española. Consciente de la transcendencia del caso tanto en España como en Irlanda, Burgess quiere ahora proceder con pies de plomo al entender que la Fiscalía puede tener razón cuando pide delimitar los términos del proceso de extradición, aunque, al mismo tiempo, se ve en la obligación de atender a las preocupaciones de la defensa.
El juez de la Audiencia Nacional española Eloy Velasco pide la entrega de De Juana para interrogarle acerca de la carta, origen de un proceso de extradición que comenzó el pasado 17 de noviembre y que ha estado marcado por las dudas planteadas por las partes. La principal duda es si el enaltecimiento del terrorismo permite la entrega inmediata, ya que es un delito castigado con un máximo de dos años de cárcel y la normativa de la "euroorden" especifica que para extraditar a acusados por terrorismo se requiere que la pena sea superior a tres años.
Ante esta discrepancia, se planteó al comienzo del proceso el principio de "doble incriminación", que consiste en que existan delitos equivalentes en los dos países en cuestión, y sobre la que el juez consideró durante la primera vista que no se cumplían los requisitos.
Por ese motivo, el fiscal Ritchie prefirió hoy centrar sus argumentos en torno al hecho de si la conducta de De Juana, en libertad bajo fianza de unos 5.900 euros el pasado 17 de noviembre. es delito en el Reino Unido.
El juez impuso a De Juana otras condiciones: la permanencia en el domicilio cuya dirección facilitó, la prohibición de salir del mismo entre las ocho de la tarde y las siete de la mañana y la obligación de presentarse diariamente en comisaría.
Además, le retuvo su documento nacional de identidad y le prohibió abandonar la provincia de Irlanda del Norte.
De momento, Burgess no ha fijado una fecha para reanudar la vista, pero fuentes judiciales informaron de que los tribunales permanecerán cerrados por las vacaciones navideñas desde el próximo 19 de diciembre hasta el 6 de enero.
Para la defensa, el problema radica en que la orden europea de detención y entrega (OED) es "defectuosa", "contradictoria y "demasiado vaga", pues está basada en informaciones periodísticas que reproducen las palabras que se pronunciaron durante el homenaje que se rindió a De Juana en agosto pasado, tras salir de la cárcel.
En ese acto, celebrado en San Sebastián, una mujer no identificada leyó una carta atribuida al ex miembro del "grupo Madrid" de ETA y responsable de 25 asesinatos durante la década de los 80, que incluía frases en las que se recordaba a históricos etarras como Esteban Nieto, fallecido en septiembre de 1999. "Todo lo que tenemos es a un periodista que escribe algo que supuestamente se dijo. Con todos los respetos, pedimos que, si esa supuesta conducta es la base para averiguar si es delito si, digamos, se comete en Inglaterra, debería ser especificada con precisión y exactitud", arguyó el abogado defensor.
La Audiencia Nacional considera que también puede haber delito en el final de la citada carta, que dice así: "sólo quiero recordar las palabras de un gran hombre y por suerte amigo de este pueblo: '¡Aurrera Bolie!' ('Adelante la pelota', en lengua vasca)", una expresión con la que el fallecido histórico dirigente de ETA Domingo Iturbe Abasolo, alias "Txomin", solía concluir sus discursos.
En opinión de Fitzgerald, esa frase podría ser interpretada de varias maneras, como "seguid adelante" o "resistid", como unas palabras de ánimo para otros presos de ETA y no como una exhortación para continuar la lucha armada, como mantiene la Justicia española. Consciente de la transcendencia del caso tanto en España como en Irlanda, Burgess quiere ahora proceder con pies de plomo al entender que la Fiscalía puede tener razón cuando pide delimitar los términos del proceso de extradición, aunque, al mismo tiempo, se ve en la obligación de atender a las preocupaciones de la defensa.
El juez de la Audiencia Nacional española Eloy Velasco pide la entrega de De Juana para interrogarle acerca de la carta, origen de un proceso de extradición que comenzó el pasado 17 de noviembre y que ha estado marcado por las dudas planteadas por las partes. La principal duda es si el enaltecimiento del terrorismo permite la entrega inmediata, ya que es un delito castigado con un máximo de dos años de cárcel y la normativa de la "euroorden" especifica que para extraditar a acusados por terrorismo se requiere que la pena sea superior a tres años.
Ante esta discrepancia, se planteó al comienzo del proceso el principio de "doble incriminación", que consiste en que existan delitos equivalentes en los dos países en cuestión, y sobre la que el juez consideró durante la primera vista que no se cumplían los requisitos.
Por ese motivo, el fiscal Ritchie prefirió hoy centrar sus argumentos en torno al hecho de si la conducta de De Juana, en libertad bajo fianza de unos 5.900 euros el pasado 17 de noviembre. es delito en el Reino Unido.
El juez impuso a De Juana otras condiciones: la permanencia en el domicilio cuya dirección facilitó, la prohibición de salir del mismo entre las ocho de la tarde y las siete de la mañana y la obligación de presentarse diariamente en comisaría.
Además, le retuvo su documento nacional de identidad y le prohibió abandonar la provincia de Irlanda del Norte.
De momento, Burgess no ha fijado una fecha para reanudar la vista, pero fuentes judiciales informaron de que los tribunales permanecerán cerrados por las vacaciones navideñas desde el próximo 19 de diciembre hasta el 6 de enero.