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Casas convoca al TC el 10 de junio para debatir sobre la sentencia del Estatuto

La última en asumir la redacción de la sentencia del Estatuto fue la presidenta del TC. María Emilia Casas ya avisó de que habría fallo antes del verano y este lunes ha convocado al Pleno el próximo 10 de junio para debatir sobre el texto.

La presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, ha convocado para el próximo jueves 10 de junio el pleno de este órgano para debatir sobre la sentencia que debe resolver los recursos interpuestos contra el Estatuto de Cataluña, han informado este lunes fuentes del tribunal.

La convocatoria se produce después de que, el pasado día 19, Casas asumiera la ponencia de la resolución después de que el magistrado y vicepresidente del Alto Tribunal, Guillermo Jiménez constatara que el texto que había elaborado no reunía los apoyos suficientes para convertirse en la sentencia definitiva.

Jiménez, a su vez, había asumido la misión de redactar un borrador de sentencia después de que, el pasado 16 de abril, el pleno del Constitucional rechazara el quinto proyecto de resolución elaborado por su compañera Elisa Pérez Vera, que renunció entonces a la ponencia.

La presidenta del Tribunal decidió asumir personalmente esa tarea, con la intención de desbloquear el debate y notificar la resolución antes de las elecciones catalanas, previstas para el próximo otoño.

El pleno tendrá lugar también después de que, el pasado jueves, el Constitucional rechazara declararse incompetente para emitir una sentencia sobre el Estatuto, como pedían la Generalidad y el Parlamento catalán, a los que recordó que la ley establece que los magistrados deben seguir en funciones hasta que tomen posesión sus sustitutos.

Así lo indicó el tribunal en ocho providencias dictadas en respuesta al escrito presentado por la Generalidad en relación con el recurso del PP y a los remitidos por el Parlamento de Cataluña referidos a cada uno de los siete recursos de inconstitucionalidad presentados contra el Estatuto, respectivamente.

En dichas providencias, el Tribunal Constitucional respondía que no ha lugar a lo solicitado por la Generalidad y el Parlamento catalán y citaba el artículo 17.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, según el cual los magistrados "continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes hubieren de sucederles". En los escritos remitidos al TC por la Generalidad y el Parlamento de Cataluña se instaba al tribunal a declararse incompetente y no pronunciarse sobre el Estatuto.

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