(Libertad Digital) El vídeo muestra dos fotografías de Sánchez Manzano con textos que recogían los interrogantes sobre los explosivos utilizados en los atentados de Madrid y el protocolo que se siguió en la recogida de las muestras. Aunque éste había sido publicado en octubre de 2008, la querella no se presentó hasta el 28 de febrero de este año. Según el jefe de los Tedax, en este vídeo se le acusaba de haber violado los protocolos de actuación para los análisis de los explosivos, así como de intentar ocultar los resultados reales y dirigir la investigación hacia la Goma 2ECO. Y que por tanto le calumniaba e injuriaba.
Sin embargo, ni la Fiscalía ni el magistrado del juzgado de instrucción número 35 de Madrid lo entienden así. Y es que según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Libertad Digital, todas y cada una de las afirmaciones que realiza la plataforma ciudadana están basadas en los testimonios emitidos durante el juicio en la Audiencia Nacional así como en la pericial practicada durante el desarrollo de la vista oral.
“No está acreditada la perpetración del delito de calumnias o injurias que se imputa al querellado, ya que no se ha imputado al Sr. Sánchez Manzano ningún delito que sea perseguible de oficio. Tampoco se advierte un ánimo de difamarlo en los libros de Youtube, máximo si se tiene en cuenta que los mismos versaban sobre los atentados del 11/03/2004 y el posterior juicio oral, asuntos de indiscutible interés público, pues estaban ejercitando su libertad de opinión y de información dentro de los parámetros que para tal fin ha establecido el Tribunal Constitucional”.
En términos similares se expresa la Fiscalía:
“De las diligencias practicadas, entendemos no queda acreditada la imputación al querellante a través del vídeo difundido de la comisión de un ilícito penal, no siendo por tanto los hechos denunciados incardinables en el delito de calumnias alegado”.
Asimismo, el Ministerio Público sostiene que la plataforma ciudadana Peones Negros documenta el “contenido de cada una de las imágenes editadas en el vídeo con fragmentos de declaraciones testificales y periciales vertidas en el acto del juicio”.
Como consecuencia de todo ello, el juez ha acordado el sobreseimiento y archivo de la causa. Pinche aquí para ver el vídeo.