La Sección Tercera de la Audiencia Nacional ha condenado a 81 años de cárcel al etarra Feliz Alberto López de Lacalle, alías 'Mobutu', por el asesinato de tres guardias civiles en la localidad alavesa de Salavatierra el 4 de octubre de 1980. La sentencia cuenta con el voto particular de la magistrada Clara Bayarri.
En la resolución, la Sala señala como hecho probado que aquel día el acusado "junto con los otros miembros del comando" - entre ellos Ignacio Aracama, "Makario" ya condenado por este atentado- decidieron dar muerte siguiendo las directrices de ETA a miembros de la Guardia Civil que iban a dar protección y ordenar el tráfico en una carrera ciclista" que se iba a celebrar en Salvatierra en la celebración de las fiestas patronales.
Al cometer este atentado los terroristas, que robaron un vehículo Simca 1200 para llevar a cabo esta acción, dispararon "varias veces" de "forma sorpresiva" sobre los agentes José Vázquez Plata, Avelino Palma Brioa y Ángel Prado Mella "evitando cualquier reacción defensiva que pudiera provenir de parte de las víctimas". Tras la matanza, los etarras huyeron en el coche y se ocultaron en un caserío en la misma provincia de Álava.
Durante el juicio, el etarra -que vistió la camiseta de la selección argentina de fútbol días después de que el país latinoamericano expropiase la filial de Repsol, YPF- negó su participación en los hechos pero reconoció su militancia en ETA. Por su parte, la viuda de José Vázquez Plata, Gemma López Quintana, contó al tribunal presidido por el magistrado Alfonso Guevara que ella estaba embarazada de cuatro meses cuando la banda terrorista asesinó a su marido. La víctima explicó cómo le destrozaron la vida.
En la sentencia condenatoria –con ponencia del magistrado Antonio Díaz Delgado- se enumeran las pruebas contra López de Lacalle como, por ejemplo, las declaraciones testificales de la dueña del caserío, María Luisa Genetxea Guruzeta, y su hija y exdirigente de ETA Soledad Iparragirre Genetxea, "Anboto" atribuyéndoles a Mobutu los asesinatos. Asimismo, el tribunal valora que la huella del dedo índice del acusado fue hallada en la ventanilla del Simca 1200.
Por estos motivos, la Sección Tercera condena a 81 años de prisión a Mobutu por un delito de atentado a agente de las Fuerzas de Seguridad y dos delitos de asesinato atendiendo al Código Penal de 1973. Asimismo, el terrorista deberá indemnizar a las viudas de los agentes Vázquez Plata y Palma Brioa con 390.000 euros respectivamente y con 270.455 euros a la familia de Prado Mella.
En el voto particular, la magistrada Clara Bayarri sostiene que las pruebas que pesaban contra López de Lacalle son insuficientes para condenarle porque entiende que el etarra debería haber sido absuelto.