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La sentencia: "Prácticas que sólo se encuentran en los regímenes totalitarios"

A la condena se suman los duros términos del fallo, demoledor para el juez. Comparan su actuación con la de regímenes totalitarios.

La sentencia, unánime, del Supremo, es clara: Garzón vulneró, a sabiendas, el derecho de defensa de los implicados en la trama Gürtel con una orden que afecta no sólo a un proceso concreto sino a la totalidad del sistema penal español.

Especialmente dolorosa habrá sido para el juez la comparación con los totalitarismos cuando, a raíz del juicio por su proceso contra los crímenes franquistas, ha sido convertido por la izquierda en símbolo contra los dictadores.

Estas son algunas de las frases más demoledoras.

  • "El acusado era consciente de que entre las comunicaciones que se iban a intervenir a los internos en el centro penitenciario, se encontrarían, sin excepción alguna, las que mantuvieran con los letrados designados por cada uno de ellos para su defensa, contra los cuales no constaba indicio alguno de actividad criminal".
  • "El acusado sabía cuáles eran las consecuencias necesarias de las resoluciones que dictó. La inclusión de la clausula previniendo el derecho de defensa, dejando a un lado su efectividad, revela que sabía que su resolución afectaría a este derecho".
  • "Sin ninguna duda, el acusado conocía el resultado de la intervención de las comunicaciones y que este era escuchado y valorado por los funcionarios policiales que intervenían en la investigación".
  • "Lo que aquí se examina es una actuación judicial que restringe profundamente el derecho de defensa que, como se dijo, es un elemento estructural esencial del proceso justo. No se trata de la validez de un elemento de investigación o de prueba, sino de la estructura del proceso penal del estado de derecho."
  • "La resolución es injusta, en tanto que arbitrariamente restringe sustancialmente el derecho de defensa de los imputados en prisión, sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".
  • "No es posible construir un proceso justo si elimina totalmente el derecho de defensa, de forma que las posibles restricciones deben estar especialmente justificadas".
  • "La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia".
  • "El Estado de Derecho se vulnera cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa solo por su propia subjetividad concretada en una forma particular de entender la cuestión a resolver, y prescindiendo de todos los métodos de interpretación admisibles en derecho, acoge un significado irracional de la norma, sustituyendo así el imperio de la ley por un acto contrario de mero voluntarismo".
  • "La investigación criminal no justifica por sí misma cualquier clase de actuación, y con mayor razón si implica vulneración de derechos fundamentales. Como se ha dicho en numerosas ocasiones, la verdad no puede alcanzarse a cualquier precio".
  • "Convirtió a los letrados defensores en imputados en la causa sin razón alguna"
  • "No se trata de una interpretación errónea de la ley, sino de un acto arbitrario, por carente de razón, que desmantela la configuración constitucional del proceso penal como un proceso justo".

Pero siendo estas frases duras, destaca de entre todas el siguiente párrafo, en el que compara los métodos del juez con los de las dictaduras:

"El acusado causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo (...) colocando a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados desde la consagración y aceptación generalizada del proceso penal liberal moderno, admitiendo prácticas que en los tiempos actuales sólo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido".

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