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Desestiman una demanda contra la CNT por llamar "cueva de ladrones" a la SGAE

Un tribunal ha desestimado una demanda de la SGAE contra un comunicado de la CNT que la calificaba de "cueva de ladrones" y aseguraba que "si algo sabe hacer la SGAE es robar" por "estar en la calle" la polémica en torno al canon.

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Un tribunal ha desestimado una demanda de la SGAE contra un comunicado de la CNT que la calificaba de "cueva de ladrones" y aseguraba que "si algo sabe hacer la SGAE es robar" por "estar en la calle" la polémica en torno al canon.

LD (Europa Press) El tribunal de Primera Instancia de Madrid nº 59 ha desestimado una demanda de la SGAE "por intromisión ilegítima en el derecho al honor" contra un comunicado publicado en la página web de la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) "por ser una cuestión que está en la calle" y "por afectar a los consumidores en general". El comunicado en cuestión llevaba por título Por la desaparición de la SGAE, a las barricadas y en él se criticaba duramente a la entidad llegando a calificarla de "cueva de ladrones".

La sentencia estima que "debe prevalecer la libertad de expresión cuando, como aquí sucede, las retribuciones económicas que la actora (SGAE) obtiene por la aplicación del canon a determinados soportes motiva siempre polémica y posturas enfrentadas entre los distintos sectores de la sociedad".

"Es una cuestión que está en la calle por afectar a los consumidores en general y que se vio reavivada con la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual en lo relativo a la extensión del canon al soporte digital, por lo que es una cuestión opinable, sometida a debate, con posibilidad de contradicción y crítica", señala la sentencia.

Términos ásperos y duros

Asimismo, ésta reconoce que los términos empleados para este fin "son ásperos y duros" si bien "reflejan el sentir de un sector de la sociedad que entiende que el sistema que utiliza la actora (SGAE) para financiarse es desproporcionado y excesivo y que se está produciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio, al verse éste gravado con un canon que la SGAE aplica de forma indiscriminada".

Por todo ello, la sentencia entiende que "no existe intromisión ilegítima en el derecho de honor" de la SGAE y desestima su demanda en la que pedía retirar los contenidos "injuriantes" y abonar en concepto de indemnización la cantidad de 9.000 euros más sus intereses legales junto a la imposición de costas procesales a la parte demandada.

Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, señaló a Europa Press que esta sentencia "afecta muy positivamente a todo el movimiento anticanon" y en general "a todos los que están demandados por la SGAE".

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