!!Antón!! eschucha esto:
LA COPIA PRIVADA SIN ANIMO DE LUCRO ES UN DERECHO PROTEGIDO POR LA CONSTITUCION. (Art. 33.2)
Y esto:
« Es indudable que el usuario de Internet puede realizar copias de todas aquellas obras artísticas que la red le ofrezca, además, por supuesto, de disfrutar de su audición o de su lectura. Nada de particular sucede que no suceda también con otros casos de copias, fotocopias o grabaciones para uso particular, sin ánimo de lucro y sin propósito de ulterior difusión (art. 31.2 Ley de Propiedad Intelectual). »
Y esto:
En “Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual” se dice que «la copia para uso privado no presupone en el copista la propiedad del ejemplar copiado» y en el “Manual de Propiedad Intelectual” coordinado por Rodrigo Bercovitz se recuerda que en virtud de la copia privada «son lícitas las grabaciones en vídeo de programas de televisión, o de música que se emite por la radio, o de una cinta de música que nos prestó un amigo, o la fotocopia de un libro que realice un particular».
COPIA, COMPARTE, ES UN DERECHO ... ES GRATIS.
ABAJO LA OBSOLETA INDUSTRIA CULTURAL
Otro que tratará de forranse como el que se fue.
Felicidades.
Espero que lo gestionen bien y de forma honrada.