En un comunicado se indica que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia determinó por unanimidad la constitucionalidad del Decreto N° 2.323, que declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica. La nota recuerda que la norma está vigente desde que Nicolás Maduro la dictó el pasado viernes: "Su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume", dice el comunicado.
El Supremo "apreció", además, que el estado de excepción "obedece a la meritoria necesidad de proteger al pueblo venezolano y a las instituciones, expresión directa del Poder Público, que han sido objeto de amenazas internas y externas, y de acciones tendientes a desestabilizar la economía y el orden social del país". La Sala Constitucional, dice el texto, "verificó" que el Decreto cumple con la Constitución, así como con "tratados internacionales sobre derechos humanos válidamente suscritos y ratificados por la República, y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción".
Por estas razones, dice el Supremo, se dio este fallo a favor del decreto que permite al Ejecutivo "adoptar las medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural que afectan la vida económica de la Nación, tanto de índole climático (como) de económico y político".
El TSJ menciona que el Parlamento "nuevamente contrarió" la normativa cuando la Cámara legislativa rechazó el decreto hace dos días. Este fue censurado "por inconstitucional" y por no establecer mecanismos para atender el desabastecimiento, la inseguridad y otros problemas que afectan a los ciudadanos.