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El Tribunal Supremo archiva la denuncia contra Iglesias y Errejón por la financiación ilegal de Podemos

El Supremo no considera los hechos denunciados por Manos Limpias que se reflejaban en el llamado informe PISA como "constitutivos de ilícito penal".

El Supremo no considera los hechos denunciados por Manos Limpias que se reflejaban en el llamado informe PISA como "constitutivos de ilícito penal".

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la querella interpuesta por el sindicato Manos Limpias contra Pablo Iglesias e Iñigo Errejón por no ser los hechos constitutivos de delito. Según expone el auto del Alto Tribunal, los hechos a los que hace alusión el escrito carecen de elementos que acrediten ninguna vulneración de la normativa.

En relación con los hechos relativos a Pablo Iglesias, aforado en el Tribunal Supremo por ser diputado nacional, coinciden con otra querella impulsada también por Manos Limpias que este mismo organismo archivó el 4 de febrero de 2015. La Sala acuerda su archivo porque la actual querella se basa en los mismos hechos y los mismos delitos, entienden los magistrados, no pueden justificar un pronunciamiento distinto.

En el caso de Iñigo Errejón, que comparte las mismas circunstancias que el líder de Podemos, los comportamientos denunciados se han investigado ya en el expediente disciplinario incoado por la Universidad de Málaga. El juez competente resolvió que podían ser considerados como dos faltas disciplinarias. En primer lugar, por no haber desarrollado el trabajo de acuerdo con los términos y cláusulas establecidas en el contrato y, en según término, por no haber solicitado la compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas durante la vigencia de dicho contrato. Más allá del reproche ético, subraya el Supremo, no pueden constituir un delito de estafa.

Los magistrados sostienen que la imputación de un delito contra la Seguridad Social al propio Errejón por su relación laboral con Podemos se basa en suposiciones de parte sin apoyo alguno. En cualquier caso, añaden en el auto, las cifras indicadas no podrían ser nunca constitutivas de tal delito.

Informe PISA

Sobre el informe PISA (Pablo Iglesias Sociedad Anónima), recogido en informaciones periodísticas, la Sala recuerda que la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede suponer, sin más, la apertura de un procedimiento penal. Con la firma del comisario jefe de la UDEF, el informe de 35 folios permanece en el Tribunal de Cuentas. Se denuncia el "entramado audiovisual" sustentado con "dinero que proviene del gobierno de Irán" y que desde 2012 "va a financiar a personas relevantes del partido político Podemos".

En el informe se cuenta cómo la empresa 360º Global Media, es el centro de ese entramado que, entre 2012 y 2015, habría recibido al menos 9,3 millones de euros en su cuenta procedentes de empresas instrumentales radicadas en paraísos fiscales. Muchas otras de estas transferencias se harían desde Dubai para sortear los problemas legales que supondría hacerlo desde el propio Irán. Un 25% de ese dinero se dedica a Podemos, siempre según el citado informe. También se incluyen en el informe 93.000 euros que habría recibido el propio Pablo Iglesias, además de transferencias a las empresas productoras de sus programas por hasta 64.500 euros.

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