Las sospechas tributarias en torno a Cristiano Ronaldo se han materializado en una denuncia. Es obra de la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid, que ha presentado escrito ante el Juzgado de Instrucción Decano de Pozuelo de Alarcón contra el delantero portugués del Real Madrid. Le atribuye cuatro delitos contra la Hacienda Pública que habría cometido entre los años 2011 y 2014, alcanzando un fraude de 14,76 millones de euros. De acuerdo con un comunicado del Ministerio Público, el luso de 32 años constituyó una estructura societaria en 2010, año siguiente a su fichaje por el club blanco, para "ocultar al fisco las rentas generadas en España" por sus derechos de imagen. Aprecia incumplimiento "voluntario" y "consciente" de sus obligaciones fiscales en España.
El comunicado de la Fiscalía detalla las cuotas supuestamente defraudadas: 1,39 millones de euros en 2011; 1,66 millones en 2012; 3,2 millones en 2013 y 8,5 millones en 2014. Todas superan los 120.000 euros anuales, mínimo efectivo para que el fraude se convierta en delito castigado con penas de entre uno y cinco años de cárcel.
La Fiscalía ha basado su denuncia en el informe remitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Según ese documento, Cristiano Ronaldo confirió un poder a su agente para firmar un contrato con el Real Madrid que fue rubricado por ambas partes el 21 de junio de 2009. El delantero trasladó un mes después su residencia a España, adquiriendo obligaciones tributarias en nuestro país a partir del 1 de enero de 2010.
Esa sociedad creada al efecto y radicada en el refugio fiscal de Islas Vírgenes Británicas cedió a su vez la explotación de los derechos de imagen del futbolista a Multisports&Image Management LTD, otra sociedad ubicada en Irlanda. Fue esta última la que "efectivamente" se dedicó a la gestión de los derechos de imagen de Cristiano Ronaldo. Según el Ministerio Público, esta cesión era "completamente innecesaria y solamente tenía como finalidad la interposición de una pantalla para ocultar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la totalidad de los ingresos obtenidos por el denunciado por la explotación de su imagen".
La Fiscalía añade que Ronaldo presentó en su declaración del IRPF de 2014 donde incluía rentas entre 2011 y 2014 de 11,5 millones de euros, "cuando las rentas verdaderamente obtenidas de fuente española" alcanzaron los 43 millones de euros. Calificó la mayor parte de los rendimientos obtenidos como rendimientos de capital mobiliario y no como rendimientos derivados de actividad económica para disminuir "considerablemente" la base imponible. El Ministerio Público subraya que el portugués no incluyó "voluntariamente" unos ingresos que la AEAT cifra en 28,4 millones de euros por derechos de imagen a otra sociedad a la que ya había cedido estos derechos entre 2015 y 2020 llamada Adifore Finance LTD que sólo operaba para territorio español.
El informe concluye que Cristiano Ronaldo actuó "con la intención de obtener un beneficio fiscal ilícito cuando llegara a España". Optó por el régimen fiscal español aplicable a los trabajadores desplazados al territorio español. Sin embargo, gravó en tipos muy inferiores al 24% establecido para sus rentas obtenidas en suelo español.
Una multa de 28 millones
Según un comunicado de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Ronaldo podría ser multado con al menos 28 millones por cuatro delitos fiscales, tres de ellos agravados. Además, han advertido de que el futbolista podría entrar en prisión.
Los técnicos de Hacienda han resaltado que la Fiscalía ha presentado la denuncia antes del 30 de junio, evitando así que prescriba penalmente el presunto delito cometido en el IRNR de 2011, siempre que el juzgado admita a trámite la denuncia antes de seis meses. En este sentido, Gestha señala que el futbolista portugués podría haber cometido un delito fiscal en 2011 (art. 305 del código penal), que se penaliza con un mínimo de un año de prisión, y otros tres delitos fiscales agravados en 2012, 2013 y 2014 (art. 305 bis del código penal) al superar las cuotas presuntamente defraudadas los 600.000 euros. Estos tres delitos agravados se castigan con penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos, lo que implicaría la petición de la Abogacía del Estado de una pena mínima total de siete años por los cuatro presuntos delitos fiscales.
Si bien Gestha matiza que el juez podría aplicar la atenuante muy cualificada de regularización extemporánea introducida en el Código Penal en 2013 y reducir la pena a la mitad o a la cuarta parte de cada delito fiscal si el jugador reconoce los hechos y paga las cuotas defraudadas, los intereses y las multas en el plazo máximo de dos meses desde la citación judicial como investigado.