Condena suave para Artur Mas por la organización del referéndum del 9-N. El pulso al Estado y el incumplimiento de la orden del Tribunal Constitucional les han salido baratos a Mas y sus dos exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau. Al primero se le considera autor de un delito de desobediencia que implica una inhabilitación especial para cargos públicos de dos años y a pagar una multa diaria de cien euros durante doce meses. Ortega ha sido inhabilitada por un año y nueve meses y deberá abonar cien euros diarios durante diez meses. Más blanda incluso ha sido la condena para la que exconsejera de Enseñanza de la Generalidad, Irene Rigau, inahiblitada por un año y medio y que deberá hacer frente al pago de cien euros diarios durante ocho meses.
A pesar de que el fallo es recurrible, es improbable que Artur Mas pueda presentarse a una convocatoria electoral autonómica anticipada dado que un artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General destaca que no son elegibles los condenados por delitos contra la administracion pública aunque la sentencia no sea firme.
El Tribunal, pese a que los acusados no sólo reconocieron los hechos sino que se jactaron de ellos, ha rebajado sensiblemente la petición fiscal de diez años de inhabilitación para Mas y nueve para sus consejeras, lo que supone una descalificación en toda regla del fiscal Emilio Sánchez Ulled, el mismo que ejerce la acusación del Ministerio Público en el caso del expolio del Palau de la Música Catalana.
Durante el juicio en el Tribunal Superior de Justicia, los tres acusados desviaron todas las responsabilidades a los voluntarios, aunque presumieron que volverían a repetir las actuaciones que llevaron a cabo durante los días previos al 9-N de 2014 y el día de autos, en el que se verificó la votación secesionista. Las defensas trataron de convertir la vista en un juicio político, a lo que contribuyó especialmente Artur Mas, que lejos de contestar a las preguntas del fiscal realizó diversos alegatos en contra del sistema democrático y la justicia española.
Como se recordará, Mas, Rigau y Ortega plantaron durante más de media hora al tribunal en el primer día de la vista para pasearse entre el palacio de la Generalidad y la sede judicial con el apoyo de miles de personas movilizadas por el ejecutivo autonómico, los partidos y las organizaciones separatistas.
La primera reacción la llevo a cabo ERC, que calificó el fallo de "indigno y antidemocrático". No obstante, la sentencia facilita la convocatoria de un nuevo referéndum, toda vez que las multas (36.500 euros para Mas; 30.000 para Ortega y 24.000 para Rigau) y, sobre todo, las inhabilitaciones temporales están muy por debajo de lo inicialmente pedido y de lo que cabía esperar de los testimonios y pruebas dilucidados en el juicio, en cuyas sesiones Mas mostró a las claras su desprecio por la justicia.
El presidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, ha anunciado una comparecencia para valorar un fallo adoptado por unanimidad. No es previsible que muestre su respeto por la justicia, entre otras razones por los calificativos empleados por sus socios de gobierno de ERC.
Fallo "muy duro", según el PP
El PSC ha mostrado su satisfacción porque las penas hayan sido las menores posibles. Para el coordinador general del PP, el fallo es un "golpe muy duro" para Convergencia y un "toque de atención" para quienes quieran convocar un nuevo referéndum.
Los tres condenados estaban obligados a asistir a la lectura del fallo, pero han sido sus abogados quienes han acudido en su representación en una nuevo desplante al tribunal de la sala civil-penal del TSJC.
Homs espera al Supremo
Otro de los encausados por la celebración del 9-N, Francesc Homs, espera el fallo del Tribunal Supremo, dada su condición de diputado en el Congreso. Homs, que durante el juicio recurrió a la misma estrategia de desprecio por los jueces y la justicia, llegó a afirmar "con absoluto conocimiento de causa" que el fallo del Supremo saldría antes que la del TSJC para marcar el terreno.
En el fallo se constata que ni Mas ni sus subordinadas hicieron anuncio alguno para la suspensión del "proceso participativo", "mantuvieron activa la página web 'Participa 2014' y la campaña de publicidad institucional y guiados por el mismo propósito de efectivo desarrollo del proceso participativo suspendido por el Tribunal Constitucional mantuvieron el reparto masivo a domicilio de correspondencia oficial con información de la convocatoria".
También considera probado la sentencia que los acusados facilitaron la distribución del material informático, las urnas y las papeletas para la celebración del 9-N y que los contratistas de la administración autonómica trabajaron durante esa jornada para hacer posible la votación. Sin embargo, la penas han sido las más leves posibles, en lo que supone un precedente favorable para la celebración de un nuevo referéndum.