El fondo de la cuestión no se difumina con autos ornamentados. La Fiscalía ha interpuesto un recurso de reforma contra el carpetazo a la causa contra seis concejales de Badalona que, después de abrir el Ayuntamiento del municipio el pasado 12 de octubre, festividad de la Hispanidad, rompieron el auto del Juzgado de lo Contencioso que prohibía esta iniciativa desafiante a las instituciones del Estado.
El Ministerio Público está dispuesto a elevar estas alegaciones a la Audiencia de Barcelona si no prosperan en primera instancia y el juez José María Noales no revisa su sorprendente criterio, según el cual no hay delito de desobediencia en desobedecer a la Justicia y romper la resolución que se desacata. Noales es el titular del Juzgado de Instrucción 4 de Badalona y uno de los magistrados firmantes –junto al inhabilitado en la carrera judicial y forzado a dimitir como senador por ERC Santiago Vidal, entre otros– del manifiesto a favor del referéndum separatista en Cataluña.
La decisión de Noales supone un punto y aparte en la investigación por desobediencia que salpicaba hasta el momento al primer teniente de alcaldía, Oriol Lladó; al tercer teniente, José Antonio Téllez (la persona encargada de romper la resolución ante las cámaras); la concejal de Servicios Sociales, Agnès Rotger; la cuarta teniente, Eulàlia Sabater; la concejal de Participación y Convivencia, Fátima Taleb; y el encargado de Espacios Públicos y Movilidad, Francesc Duran. "Ayer lo definimos (el veto) como un golpe de Estado contra la soberanía municipal y esta mañana el gobierno local nos hemos reunido para ver cómo damos salida a tanta gente que nos ha pedido poder entrar y hemos decidido esto", justificaron el 12 de octubre a las puertas del consistorio.
José María Noales, que se alinea entre los que aseguran que "no admite discusión" que "Cataluña es una nación", lo que "comporta, indefectiblemente, el reconocimiento de su derecho a decidir", ha dado carpetazo al episodio con argumentos un lenguaje inusual en las sentencias. En primer lugar, culpa de los hechos a los medios de comunicación: "A pesar de las contundentes afirmaciones periodísticas, guiadas por un exceso de sensacionalismo o simplemente por el hecho sorprendente, (que salvo error de este instructor no ha pasado nunca) que un representante político en el gobierno municipal desgarre una resolución judicial en público, lo cierto es que se trata de una simple escenificación", ha establecido en su resolución, distribuida únicamente en catalán.
Este juez asegura que, aunque los concejales abriesen la puerta del Ayuntamiento, ningún ciudadano accedió para completar ningún trámite, aspecto que le resta importancia a la actuación, según su criterio. Y, en este punto, invoca el idioma anglosajón: "Así pues, si después de la escenificación anterior, los concejales hubiesen entrado en Ayuntamiento, se hubiera producido la verdadera desobediencia, pero el hecho es que no se produjo, y los hechos se limitaron a una mera performance (performance, según el diccionario inglés: actuación o representación artística con cierto grado de improvisación). Dicho en pocas palabras, el derecho penal no castiga las performances". Utilizando el ideario del bloque rupturista catalán, ha encajado este episodio en la cobertura de la libertad de expresión.