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¿Hay que reformar la Constitución?

Francisco Sosa Wagner y Francesc de Carreras no creen que modificando la Carta Magna se atajen los principales problemas de España

Francisco Sosa Wagner y Francesc de Carreras no creen que modificando la Carta Magna se atajen los principales problemas de España
Imagen del Congreso, en la jornada de puertas abiertas para conmemorar la Constitución | EFE

La Constitución cumple treinta y seis años entre fuertes peticiones de reforma, las que hacen el PSOE o UPyD y Ciudadanos; otras de nuevos procesos constituyentes, como la que propugna Podemos y amenazas secesionistas explícitas el último año en Cataluña e hibernadas a la espera de mejor ocasión en el País Vasco.

Ante esta situación, Libertad Digital ha reunido a dos prestigiosos constitucionalistas para plantearles cuatro cuestiones cruciales sobre nuestra Carta Magna y su futuro.

Francisco Sosa-Wagner

1. ¿Reforma constitucional o "proceso constituyente"?

El acto constituyente nace de la unidad política que es anterior al ejercicio del poder constituyente porque hay una voluntad que es previa a toda labor constitucional. Solo cuando el pueblo se transforma en unidad política es cuando nace la voluntad constituyente y la imprescindible energía ordenadora y transformadora. Una comunidad que busca un texto constitucional es una comunidad que ha de hallarse integrada porque sin "integración" no hay Estado siendo la Constitución el resultado formalizado de esa comunidad vertebrada. Esto se ve muy claro en la configuración de los Estados regionales o federales que han de basarse en un reparto de competencias bien aparejado pero que de nada serviría si no existiera una conciencia en sus protagonistas de pertenecer todos a una misma familia. Sin esa conciencia, el edificio se viene abajo. Afirmo que las fracturas sociales y emotivas que alimentan los nacionalismos separatistas en España conforman el ejemplo de manual de una Constitución carente de esos elementos de integración indispensables para hacer posible su vigencia ordenada y fructífera. Mientras tales nacionalismos, representados por partidos políticos, sigan defendiendo sus tesis dirigidas a destruir el patrimonio común que supone la existencia de un Estado que ha de ser indiscutido hogar común no tiene sentido pensar en la mera alteración de este o de aquél artículo de la Constitución. Dicho de otro modo, mientras no nos pongamos de acuerdo en un "credo" compartido y libremente asumido que incluya obviamente la existencia misma de ese Estado, pensar que diseñar una nueva distribución de competencias puede servir de algo es fantasear.

Francisco Sosa Wagner

Pienso por todo ello que, a la vista de tales circunstancias, más nos valdría olvidarnos de empresas homéricas y poner manos a la obra, con severidad y competencia, de empeños menos ambiciosos. ¿Qué tal, como verbigracia, una reforma de la ley electoral que contribuyera a igualar el valor de los votos de los españoles? ¿Qué tal sustraer de las manazas de los partidos políticos a las instituciones judiciales, a los tribunales de cuentas y a la larga nómina de organismos reguladores "independientes"?.

2. ¿El título VIII es "letra muerta"?

Es letra moribunda. Sería bueno reformarlo pero insisto en las limitaciones con las que es preciso contar expuestas anteriormente.

3. ¿Se puede reformar la Constitución con un consenso igual o mayor que el de 1978?

Me remito a lo dicho.

4. ¿Qué competencias en manos de las CCAA debería recuperar el Estado?

La educación claramente. Pero no se trata de seleccionar una materia sino de establecer un sistema de reparto de competencias nuevo. Mi modelo es el de los artículos 70 y siguientes de la Ley Fundamental alemana pero pensar en ello en España es soñar como he expuesto.

Francesc de Carreras

Francesc de Carreras

1. ¿Reforma constitucional o "proceso constituyente"?

Sin duda, reforma constitucional. Un proceso constituyente sólo se inicia cuando se quieren cambiar los fundamentos de un sistema político. Por supuesto no es el caso, y sólo se requieren algunas reformas puntuales.

2. ¿El título VIII es "letra muerta"?

Parte del título VIII, el que se refiere a las formas de acceso a la autonomía (arts. 143, 144, 146, 148, 151), está compuesto por disposiciones transitorias de hecho que ya han cumplido su función y, por tanto, al no ser eficaces quizás es mejor suprimirlas. El resto debe ser objeto de modificaciones y añadidos puntuales pero en absoluto son "letra muerta".

3. ¿Se puede reformar la Constitución con un consenso igual o mayor que el de 1978?

En estos momentos no veo posibilidades de una reforma con un consenso similar pero habría que hacer propuestas e intentar llegar a acuerdos para algunas reformas. Más difícil parecía llegar a una Constitución de consenso en los años 1977-78 y, sin embargo, este consenso se alcanzó.

4. ¿Qué competencias en manos de las CCAA debería recuperar el Estado?

Habría que clarificar el reparto de competencias. Quizás en esta tarea el Estado recupere alguna competencia y otras que ahora son del Estado pasen a las comunidades. Pero no creo que se deba cambiar significativamente la distribución actual.

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