El titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Palma, José Castro, ha notificado este miércoles el auto donde procesa a la infanta Cristina de Borbón por dos delitos fiscales y un delito de blanqueo de capitales en el marco del caso Nóos.
En el auto el instructor también ordena proceder contra Iñaki Urdangarín, su exsocio Diego Torres, su mujer Ana María Tejeiro, y sus hermanos Miguel y Marco Antonio, el expresidente del Gobierno balear Jaume Matas y el ex director general de Deportes, José Luis "Pepote" Ballester, entre otros, por los delitos de malversación, prevaricación, falsedad, estafa, fraude a la Administración y delitos contra la Hacienda Pública.
También continuará encausada la ex consejera delegada de la Fundación Madrid 16, dependiente del Ayuntamiento de la capital madrileña, Mercedes Coghen, por prevaricación, malversación, fraude y tráfico de influencias.
Por otro lado, el juez archiva la causa y, por lo tanto, levanta la imputación contra el secretario personal de las infantas, Carlos García Revenga, uno de los cuñados de Torres, Luis Tejeiro; el presunto testaferro Robert Cocks; el asesor fiscal Salvador Trinxet y el empresario Miguel Zorío.
El magistrado del caso Nóos transforma así las diligencias previas en procedimiento abreviado y da por cerrada esta macroinvestigación judicial. Con esta decisión, el juez pretende enviar a la hermana del Rey Felipe y a su cuñado al banquillo de los acusados de cara al próximo juicio oral. "La actuación de doña Cristina de Borbón viene marcada por indicios de criminalidad que debieran descartarse o confirmarse en el juicio", enfatiza Castro.
En la resolución, el instructor del caso Nóos subraya que la participación de la infanta en Aizoon "con el nada despreciable montante del 50 por ciento de su capital" tenía como objetivo "tener un escudo frente a Hacienda".
Interminable apelación a la "ignorancia"
Además, Castro sostiene lo siguiente: "Al entender de quien ahora resuelve que hay sobrados indicios de que doña Cristina de Borbón ha intervenido de una parte lucrándose en su propio beneficio y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la colaboración silenciosa de su 50 por ciento del capital social, de los fondos ilícitamente ingresados en la entidad mercantil Aizoon S.L procedentes de los lucrados por la asociación Instituto Nóos a costa de las arcas públicas de la Comunidad Valenciana y de Illes Baleares".
Por otro lado, el magistrado de Palma de Mallorca destaca que aunque la infanta reconoce su firma en las actas de Aizoon "ni ha presidido ni tan siquiera asistido a la junta universal de Aizoon S.L en la que se acordó el cambio de domicilio; tampoco sabe nada sobre el contrato de arrendamiento de parte de su vivienda a Aizoon S.L, tampoco sabe nada sobre las numerosas facturas mensuales que emitía pro la mitad del alquiler y ninguna explicación ofrece sobre el por qué de inmumerables gastos, algunos de ellos de importes cuantiosos y de incuestionable naturaleza familiar cargados a la sociedad coparticipada por ambos cónyuges".
Asimismo, el instructor resalta que pese a esta "interminable apelación a la ignorancia" la imputada reconoció durante su declaración que la mercantil Aizoon se creó para canalizar los ingresos profesionales de su marido, Iñaki Urdangarín.
Hasta 16 años de prisión para la infanta
Los delitos que el juez José Castro atribuye a la hija del Rey son castigados con dureza por el Código Penal. El blanqueo de capitales conlleva una pena de cárcel de hasta seis años, además de una multa que puede ser del triple de la cantidad de dinero lavada. Por su parte, el delito fiscal puede acarrear un máximo de cinco años de estancia en prisión y una multa de hasta el séxtuplo de la cifra distraída a Hacienda.
En su declaración del pasado 8 de febrero como imputada ante Castro, la infanta Cristina respondió a 1063 preguntas pronunciando 400 veces "no lo sé" y 50 "no lo recuerdo"a lo largo de seis horas de interrogatorio.
"En el caso de doña Cristina de Borbón y Grecia, ya no es que las preguntas que se le formularían fueran fácilmente adivinables, -dice el juez- sino que una gran parte de las que se le llegaron a formular le debían resultar previamente conocidas" a través del auto de imputación del pasado 7 de enero.
Además, José Castro añade que las respuestas estructuradas "sobre alegación de olvido, la ignorancia o la derivación de la responsabilidad hacia terceras personas" dadas por la infanta tienen que ser "inexorablemente desatendidas" porque vienen "referidas a hechos de su entorno personal que estaba llamada a conocer" la imputada.
El magistrado afirma que las explicaciones que le ofreció la infanta no lo han convencido de su inocencia y añade que "no es imaginable que se haya dado un solo caso en que sustentada una incriminación en datos objetivos pertenecientes al entorno personal del único que estaba llamados a desvirtuarlos, la más veces avalados por numerosos documentos, la sola negación y la falta de memoria, puedan determinar un cambio de criterio del instructor que sería imposible de justificar en tanto quedaría sin explicación el por qué fue llamada a declarar en atención a unos concreta indicios".
Además, Castro explica que si la actitud de Cristina de Borbón "residía en la confianza, veneración o amor que profesaba a su marido así como la repercusión que a efectos penales pudiera, en su caso, de ello derivarse, es cuestión sobre la que este instructor no debe pronunciarse quedando reservado su tratamiento al acto del juicio oral y encomendada su valoración al parecer más autorizado de un eventual tribunal sentenciador".
Nueve delitos para Urdangarín
Por su parte, José Castro propone que Urdangarín sea juzgado como presunto autor de malversación, prevaricación, falsedad documental, tráfico de influencias, falsificación, estafa, fraude a la Administración y dos delitos fiscales por el supuesto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos, que presidió entre 2003 y 2006.
Los nueve delitos, de los que algunos fueron supuestamente cometidos de manera reiterada, figuran en el auto de pase a procedimiento abreviado dictado por el juez Castro.
El juez José Castro afirma que Iñaki Urdangarin creó un entramado empresarial para "rentabilizar económicamente" en negocios con entidades públicas y privadas su vinculación con la Casa Realgracias a su matrimonio con la infanta Cristina.
En el auto el magistrado da un plazo de veinte días para que las acusaciones formulen sus escritos ante el juzgado solicitando la apertura de juicio o el sobreseimiento de la causa.
Contra el auto del juez Castro cabe recurso primero en reforma ante el propio instructor en el plazo de tres días y luego en apelación ante la Audiencia Provincial de Palma en un plazo de cinco días.