El tribunal del jurado que durante esta semana ha juzgado al expresidente del gobierno balear Jaume Matas por un presunto delito de cohecho, ha declarado culpable por unanimidad al acusado de haberse valido de su cargo, a finales de 2006, para exigir a un conocido hotelero mallorquín la contratación "ficticia" de su mujer para aparentar que los ingresos por valor de 42.111 euros totales que percibió del empresario como soborno eran legítimos. Se trata de la segunda vez que el exministro se ha sentado en el banquillo de los acusados.
Durante la lectura del veredicto, la portavoz del jurado ha manifestado que, tal y como han considerado probado, los pagos por 3.000 euros mensuales que durante todo 2007 se le abonaron a Areal "no era más que una prebenda o donación" en vez de un salario correspondiente a un trabajo por cuenta ajena. Una conducta de la que pudo beneficiarse el exministro gracias a la "ascendencia y capacidad de influencia" que le otorgaba su condición de máximo mandatario de la Comunidad Autónoma.
Por su parte, el fiscal anticorrupción Pedro Horrach, al tomar la palabra, ha ratificado su petición de 9.000 euros de multa (100 euros diarios durante tres meses) y el comiso de los 42.111 euros percibidos de forma irregular, mientras que la defensa de Matas, condenado a nueve meses de cárcel por otra pieza del caso Palma Arena, ha solicitado que los días de multa a imponer por el delito de cohecho -en su redacción correspondiente al artículo 426 del anterior Código Penal- no pasen de su mitad inferior.
Se trata de unas circunstancias, además, similares a las que se dieron en su día en el caso del enjuiciamiento del expresidente de la Generalidad Valenciana Francisco Camps, quien fue acusado de un delito de cohecho pasivo impropio por considerar que, en virtud de su cargo, recibió de la trama Gürtel regalos en forma de trajes. Tanto Camps como el exsecretario general del PP valenciano Ricardo Costa resultaron, no obstante, absueltos en el marco de ese procedimiento judicial.
La sentencia será dictada en próximos días por el magistrado que ha presidido el tribunal del jurado, Juan Jiménez, a partir de las bases sentadas en el veredicto, y podrá ser recurrida -como ya ha anunciado la defensa de Matas- en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal de Justicia de Baleares (TSJIB) y, desde ahí, en casación ante el Tribunal Supremo. En cualquier caso, el jurado ha declarado que al acusado no le pueda ser suspendida la pena ni pueda beneficiarse del beneficio del indulto.
Una relación laboral "fingida"
Tal y como ha considerado acreditado el tribunal, entre noviembre y diciembre de 2006 Matas contactó con el administrador del hotel Valparaíso, Miquel Ramis, para que le entregase a su esposa, Maite Areal, 2.938 euros netos cada mes más dos pagas extraordinarias "valiéndose de su posición de presidente" y que, para dar apariencia de legalidad a estos pagos, simulase un contrato para su mujer.
Una relación laboral que, sin embargo, fue "fingida", según el jurado, ya que tal y como convinieron tanto Matas como el hotelero, Areal no desarrolló trabajo alguno para el establecimiento turístico. Los miembros del tribunal del jurado han considerado a Matas culpable de aceptar así esta dádiva "en atención a su condición de presidente".
Del mismo modo, han apuntado que la declaración que Ramis ha efectuado en la vista oral "se contradice" con la que hizo en fase de instrucción ante el juez José Castro, cuando dijo haberse sentido "comprometido y presionado" cuando Matas le pidió el favor, mientras que en el juicio señaló que sólo se sintió "comprometido".
Sin embargo, haciendo uso del turno a la última palabra al término del juicio, Matas manifestó este miércoles que, "sinceramente, nunca se me había pasado por la cabeza que, después de tanto tiempo, tendría que acudir a un juicio por esto".
Y sobre todo, apuntó, "por pedir a un buen amigo de más de quince años un puesto de trabajo para mi mujer, un amigo que nunca me ha pedido nada y que es evidente que no necesita nada de la Administración. Hubiera podido creer que me pasara por que me hubiera equivocado de persona, pero no con él". Así, manifestó que "no creía que cometía un error, porque si no lo hubiera hecho".
De forma paralela, el exlíder del PP balear se encuentra pendiente de que la Audiencia Provincial de Baleares determine si debe o no ingresar en prisión para cumplir los nueve meses de cárcel a los que el Tribunal Supremo (TS) redujo la pena inicial de seis años que le fue impuesta a Matas en el marco del primer juicio del caso Palma Arena: la relacionada con la contratación irregular del periodista Antonio Alemany para la redacción de los discursos del expresidente.
Y es que la Audiencia debe resolver en breve el recurso que interpuso Matas contra el auto por el que el órgano judicial denegó suspender los nueve meses de prisión -correspondientes a su condena como autor de un delito de tráfico de influencias- o sustituirlos por una pena de multa, pese a ser una condena inferior a los dos años de cárcel. El tribunal aseveraba, de hecho, que "el daño social causado y el quebranto de la integridad y dignidad de las instituciones públicas no se satisface con una multa".