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El Tribunal Constitucional confirma la inhabilitación de Atutxa

Con esta decisión el tribunal de garantías avala de forma indirecta la denominada doctrina Atutxa.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este jueves amparar al expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, que fue condenado en firme por el Tribunal Supremo por un delito de desobediencia.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Enrique López, ha contado con siete votos a favor y cuatro votos en contra. Presentarán votos discrepantes la vicepresidente Adela Asúa y los magistrados Juan Antonio Xiol, Fernando Valdés y Luis Ignacio Ortega.

El también exconsejero vasco de Interior vasco recurrió ante el TC la multa y pena de inhabilitación que le fue impuesta por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003. El Supremo le condenó por desobediencia a la autoridad judicial en una sentencia de abril de 2008.

Las consecuencias

Aunque, según han informado fuentes jurídicas, la sentencia no entra a valorar de lleno la figura de la acusación popular sí que se pronuncia sobre la vulneración del derecho a la igualdad en el caso del expresidente de la Cámara Vasca respecto al del banquero Emilio Botín.

El Alto Tribunal exoneró al presidente del Banco Santander de la causa donde se investigaban las cesiones de créditos al entender que en los procedimientos abreviados –donde se instruyen delitos menores- si la Fiscalía o la acusación particular no ven delito la causa no puede prosperar. Poco después, el Supremo modificó su propia doctrina en el caso 'Atutxa' a favor de no restringir el papel de la acción popular.

Ahora, la sentencia del tribunal de garantías descarta que se haya producido vulneración del derecho a la igualdad entre ambos casos porque, según la doctrina constitucional, "lo que prohíbe el principio de igualdad en la aplicación de la ley es el cambio irreflexivo o arbitrario". Y en este supuesto, añade, "no puede afirmarse ni que la sentencia impugnada haya llevado a cabo un cambio irreflexivo o por inadvertencia respecto de un precedente idéntico, ni que haya desarrollado una ratio decidendi sólo válida para este caso concreto, sin vocación de permanencia o generalidad".

Con esta decisión el TC avala de forma indirecta la denominada ‘doctrina Atutxa’ que permite a una acusación popular –sin ser perjudicada directa- promover que se abra juicio oral contra un imputado.

La validez de esta doctrina podría perjudicar, por ejemplo, a la infanta Cristina de Borbón a quien el juez de Palma, de Mallorca José Castro, pretende volver a imputar en el caso Nóos pese a que la Fiscalía no ve delito alguno. contra ella.

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