El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha incorporado a la causa la información remitida por una entidad bancaria según la cual fueron traspasados desde la mercantil Aizoon, integrante del entramado Nóos, hasta un total de 150.000 euros que fueron a pasar a una cuenta bancaria cuyo titular es Iñaki Urdangarin y autorizada la Infanta Cristina, según la documentación a la que ha tenido acceso Europa Press.
Según las investigaciones, el matrimonio se habría beneficiado a través de Aizoon de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda por parte de la mercantil de la que ambos son copropietarios.
Precisamente, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma decidirá en próximas semanas si archiva definitivamente las investigaciones en torno a la Infanta Cristina o si, por el contrario, acuerda su imputación por un presunto delito fiscal o de blanqueo de capitales, no sin antes consultar a la Fiscalía Anticorrupción y las demás partes personadas en el caso Nóos para que se pronuncien al respecto.
Al margen de los datos aportados por la entidad bancaria, el juez se encuentra a la espera de que la Agencia Tributaria entregue los últimos datos que le han sido solicitados y de que el Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional aporte sus últimas indagaciones en torno a la forma como fueron pagados los trabajos que los proveedores de la empresa Aizoon llevaron a cabo para la rehabilitación, reforma y mantenimiento del conocido como 'palacete' de Pedralbes, propiedad del matrimonio.
El juez busca así indagar si en el marco de estas labores se cometió un presunto delito de blanqueo de capitales. A partir de ese momento, el instructor dará traslado de todas las diligencias cursadas en torno a la Infanta a las partes para que emitan lo que estimen pertinente en este sentido.
Castro decidirá, en base a todos los datos reunidos y las alegaciones de las acusaciones, qué camino seguir respecto a la mujer de Iñaki Urdangarin. Un paso con el que el juez dará respuesta al tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, que le emplazó a poner término a las pesquisas relacionadas con la Duquesa de Palma "en aras de evitar mayores especulaciones" y debido a que "no resulta posible ni aceptable investigarla indefinidamente".
En un extenso auto, en el que la Sala dejó las puertas abiertas al posible encausamiento de la Infanta por supuesto delito fiscal y de blanqueo de capitales, la Sala recalcaba incluso que ese cierre de la investigación constituye "no sólo una exigencia para los derechos que afectan a la Infanta como persona investigada", dado que "no es admisible mantener una investigación permanentemente abierta, sino que al mismo tiempo esta medida dotaría de "transparencia y posibilidad de control a la actuación judicial".
Tanto es así que los magistrados señalaban que si a partir de este momento no aparecen nuevos hechos o elementos de prueba que "hagan reconsiderar las endebles imputaciones" que llevaron en un primer momento a citar a la Infanta como imputada, el juez Castro debe acordar el archivo de las actuaciones judiciales sobre la Duquesa, de forma provisional o definitiva, o bien tomar esta decisión cuando el magistrado ponga fin a la instrucción de la causa mediante el auto de pase a procedimiento abreviado.
La Agencia Tributaria, en el disparadero
Hasta el momento, la información aportada por la AEAT no considera a la Infanta cooperadora o partícipe de un delito contra Hacienda "por el sólo hecho" de ser socia no administradora de Aizoon. Según los investigadores, el Duque "interpuso" esta mercantil para facturar "ciertos servicios de carácter personalísimo", como el servicio doméstico, que nada tenían que ver con la actividad de la inmobiliaria, todo ello con el objetivo de reducir su propia tributación en la declaración del IRPF.
De hecho, la Agencia Tributaria señala cómo durante 2007 y 2008, ejercicios en los que Urdangarin habría defraudado a Hacienda al menos 240.000 euros, utilizó Aizoon como "pantalla" para tributar gastos como los de su propio servicio doméstico o los de su asistenta personal, con el objetivo de beneficiarse de un tipo impositivo inferior (el aplicado a las sociedades).