En sendas resoluciones de los días 12 de mayo y 1 de octubre, la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ejecutado definitivamente "los decomisos" fijados por la sentencia condenatoria, según han informado fuentes jurídicas.
El 31 de marzo de 2000, Mario Conde fue condenado por la Audiencia Nacional a diez años y dos meses de prisión por apropiación indebida, estafa y falsedad en el caso Banesto, y el 29 de julio de 2002 el Tribunal Supremo aumentó la condena de diez a veinte años de cárcel.
Según las fuentes, a principios de julio de 2002, antes de la sentencia del Supremo, el entorno del exbanquero procedió a la enajenación de las fincas y a partir de entonces una sociedad luxemburguesa figuraba como propietaria de las mismas, motivo por el que el Registro de la Propiedad no había procedido a anotar el embargo judicial.
Las fincas, tres de ellas en Baleares y dos en Sevilla (Los Carrizos de Castilblanco y La Hacienda de Melonares Bajo) seguían siendo utilizadas por el mismo entorno familiar del exbanquero, manteniendo los mismos empleados y con los gastos domiciliados en las cuentas bancarias vinculadas a la familia de Mario Conde.
La sección primera de la Audiencia Nacional ha afirmado al ejecutar los decomisos de las fincas que "en sentencia ya quedó probado que el dinero empleado en la adquisición de esas fincas tiene su origen en las cantidades objeto de la apropiación indebida que motivó la condena".