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Afán recaudatorio

Multas sí, puntos no

Superar el nuevo límite de velocidad no implicará pérdida de puntos en el permiso de conducir. Sin embargo, sí será castigado con multas.

El carné por puntos, medida estrella de este Gobierno en tráfico, queda al margen de la reducción de la velocidad máxima a 110 kilómetros por hora. Superar este límite sólo se castigará vía sanción económica y sin que ello comporte una retirada de puntos.

Fue el propio Gobierno el que impuso el carné por puntos al considerar que la pérdida del carné tiene un mayor efecto disuasorio. Ahora, al sancionar con multas económicas (sí se cambiarán los radares, más de 800 en toda España, para ‘cazar’ a los infractores) es previsible que el Gobierno incremente la recaudación.

El pasado 17 de mayo de 2010 Rubalcaba presentó la nueva Ley de Segurida Vial que creaba un procedimiento especial para acelerar el cobro de la multas de tráfico, que son un total de 15 millones al año en España.  Además incrementaba la cuantía de la sanciones. Las leves pasaban de hasta a 90 euros, a 100; las graves de entre 91 y 300 euros a 200 euros todas y las muy graves de entre 301 a 600 euros a un fijo de 500 euros. 

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