En las últimas horas ha habido dos cuestiones que han centrado el debate de la reforma laboral. Ambas tienen que ver con el coste del despido. En primer lugar, se ha discutido si rebajar o no la indemnización a la que tiene que hacer frente el empresario en caso de prescindir de uno de sus trabajadores. El otro tema importante es la ampliación de las causas de despido objetivo.
Hasta ahora, en España, prácticamente no se aplica este tipo de despido que permite al empresario pagar 20 días por año trabajado. Los empresarios asumen que echar a un trabajador fijo cuesta 45 días. Ahora, se plantea aumentar las causas de despido objetivo en caso de dificultades económicas de la empresa. De esta manera, sin rebajar el despido (teóricamente), se abarataría en la práctica para los empresarios ajustar su plantilla. Eso sí, en el documento presentado por el Gobierno no se dice nada de todo esto, puesto que es la parte más polémica de la reforma y la que más aleja al Ejecutivo de los sindicatos.
La misma motivación empuja al Gobierno en su segunda medida, el pago a través del Fondo de Garantía Salarial (es decir, a costa del bolsillo de sus contribuyentes) de parte de la indemnización de despido. Así, al empresario también le saldría más barato despedir, aunque sus trabajadores recibirían la misma indemnización. Se abarata el despido, pero se vende que no.
De esta manera, el Gobierno está dispuesto a pagar, con cargo al Fondo de Garantía Salarial, ocho días del coste total de los despidos objetivos de todos los contratos de fomento del empleo, ya sean procedentes o improcedentes e individuales o colectivos. Así consta en el documento que estuvieron discutiendo los agentes sociales y los responsables de Trabajo en la última reunión para buscar un acuerdo de reforma laboral, que acabó en fracaso esta mañana tras más de diez horas de conversaciones.
Propuesta definitiva
De mantener esta medida en su propuesta definitiva, el Gobierno permitiría un despido más barato para los empresarios aunque sin disminuir la indemnización que percibirían los trabajadores acogidos a este tipo de contrato. La anterior propuesta, la que Trabajo presentó el 12 de abril, no era tan generosa y sólo se extendía el pago de ocho días de indemnización por parte del FOGASA para los despidos procedentes a todas las empresas, cuando actualmente sólo se abona a las que tienen menos de veinticinco trabajadores, informa Efe.
Ahora valdría para todos los despidos por causas objetivas -económicas, tecnológicas, organizativas y productivas-, en los contratos de fomento, ya fueran declarados procedentes (20 días de indemnización) o improcedentes (33 días) o tratasen de individuales y colectivos, además de en cualquier tipo de empresa. La propuesta tiene una sola excepción, para el caso de los despidos disciplinarios considerados improcedentes.
Además, para los despidos objetivos se reduce de treinta a quince días el preaviso al que está obligada la empresa.
Dos documentos
En la reunión de ayer, Trabajo entregó a los agentes sociales un documento de once folios, aunque al ver que las posturas seguían sin acercarse horas más tarde les facilitó otro con algunos cambios. Así, puso un tope a los contratos de obra de dos años, ampliables en seis meses por decisión de la negociación colectiva sectorial, aunque más tarde cedió y manejó una prolongación de hasta un año.
Otra de las novedades con respecto al documento de abril es el encarecimiento del despido en los contratos temporales, actualmente en ocho días, hasta los doce, que se irían aumentando de forma progresiva hasta 2014.
En ninguno de los dos textos que entregó trabajo figura una de las cuestiones que han provocado la ruptura en las negociaciones: las causas objetivas para un despido procedente, que la patronal reclama ampliar y especificar para conseguir, según denuncian los sindicatos, una menor tutela judicial.
En el capítulo sobre flexibilidad interna de las empresas, el Gobierno propone varias cláusulas de "inaplicación salarial", que permitirían descolgarse de los convenios colectivos según determinados supuestos. Entre éstos el documento señala una "significativa caída de la actividad" o un "cambio en la posición competitiva de mercado" para la empresa, así como que peligre su viabilidad futura y su empleo.
En estos casos se insta a empresas y trabajadores a buscar un acuerdo para cambiar las condiciones salariales o de trabajo, y si lo alcanzan cualquiera de las partes podría solicitar un procedimiento arbitral que sería obligatorio para la otra, con un laudo vinculante y de aplicación inmediata.
En el texto que discutieron este jueves las partes figura otro aspecto novedoso: para los contratos en prácticas, Trabajo estaría dispuesto a ampliar de cuatro a cinco años el plazo posterior a la obtención de un título para poder acogerse a ellos.
Por otro lado, se endurecen las condiciones para el encadenamiento de contratos temporales: el Gobierno propone que no se puedan encadenar contratos, ya sea en un puesto o en otro diferente, en una empresa u otra del mismo grupo, con el mismo o varios contratos, durante un máximo de dos años.
Los contribuyentes pagarán a los empresarios una parte de los despidos
El Gobierno ya ha encontrado la fórmula para cuadrar el círculo del despido. Serán los contribuyentes los que paguen parte del mismo, sea cual sea la razón y el tipo de contrato. Así, consigue abaratar el despido para los empresarios mientras salva la cara ante los sindicatos.
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