LD (EFE) En un auto fechado el 16 de julio, la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto por los primos, ya que "es claro que se valían de un fraude procesal" para intentar "engañar a un tribunal de justicia" y "poner en peligro" las indemnizaciones que pagaron a sus socios de Urbanor Pedro Sentieri y Julio SanMartin tras ser condenados por el Supremo.
Tras esta decisión sobre el caso de la carta falsa, está previsto que la Audiencia Provincial de Madrid juzgue a "los Albertos" por los delitos de falsedad en documento privado, denuncia falsa y estafa procesal en grado de tentativa, tal como acordó el Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid el pasado 16 de mayo.
Pese a que en febrero fueron absueltos del caso Urbanor por el Tribunal Constitucional, lo que obligó al Supremo a dejar sin efecto sus condenas, la Audiencia insiste en que esa decisión se produjo por estar prescritos los delitos iniciales del caso Urbanor, no porque la carta realmente motivara la anulación de la condena, dado que era falsa.
En este sentido, recuerda que "los imputados actuaban con conocimiento de la falsedad del documento, y mediante su utilización sí tenían la intención de anular de forma ilícita la sentencia del Tribunal Supremo y los beneficios patrimoniales otorgados a los perjudicados". Precisamente, el peligro que se podía haber causado a Sentieri y SanMartín es uno de los principales motivos de la Audiencia Provincial para insistir en la existencia del delito de estafa procesal en grado de tentativa.
De esta manera, rechaza el argumento expuesto por "Los Albertos" en el sentido de que, al no estar condenados ya por el caso Urbanor, sería "imposible" que hubieran cometido el presunto delito de estafa procesal en el caso de la carta falsa y haber causado así el perjuicio patrimonial inherente a los supuestos de estafa.