Menú

El Gobierno favorece los ERE y legisla contra los parados de larga duración

El Gobierno no quiere reformar el mercado laboral y ha aprobado parches que aplazan los problemas y vaciarán las arcas públicas. Favorece los ERE temporales, perjudica a los parados de larga duración y apuesta por los contratos a tiempo parcial.

El Gobierno no quiere reformar el mercado laboral y ha aprobado parches que aplazan los problemas y vaciarán las arcas públicas. Favorece los ERE temporales, perjudica a los parados de larga duración y apuesta por los contratos a tiempo parcial.

LD (L. Ramírez) El Gobierno vuelve a perder una oportunidad de oro para realizar reformas estructurales en el mercado laboral. El Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha llevado al Consejo de Ministros un Decreto Ley “para el mantenimiento del empleo y la protección de las personas desempleadas” para, a su juicio, frenar la sangría laboral que vive España.

Pero en lugar de adoptar políticas activas de empleo, el Ejecutivo apuesta por las subvenciones y prestaciones en una actitud errática que pasará factura a la economía española en los próximos meses.

Aunque el Decreto Ley no ha sido facilitado por La Moncloa, el comunicado emitido tras la aprobación del texto normativo en Consejo de Ministros demuestra que se trata tan sólo de parches ineficientes, a pesar de que todos los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales (con la excepción de sindicatos y del Gobierno) reclaman con urgencia una reforma laboral que facilite las contrataciones, reduzca el coste del despido, rebaje impuestos, facilite la movilidad y elimine las enormes cargas burocráticas que sufren las empresas y los autónomos cuando ponen en marcha sus negocios.

Las líneas de actuación de Corbacho son, por lo tanto, favorecer que las compañías acometan Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) temporales, aplazar el pago de las cuotas a la Seguridad Social y bonificarlas cuando las empresas contraten a parados que estén cobrando la prestación por desempleo e impulsar la contratación a tiempo parcial.

Medidas que en lugar de sentar las bases para una recuperación del mercado laboral, agudizarán los efectos adversos del pinchazo de la burbuja inmobiliaria en España, el hundimiento de la industria, la caída de los servicios y la crisis financiera internacional.

Este tipo de iniciativas alargan la agonía del mercado laboral español, ya que no ataja ninguno de los problemas de rigidez y hace hincapié en la política del subsidio, a pesar de que los Servicios Públicos de Empleo (antiguo INEM) entrarán en déficit en los próximos meses. El Gobierno tiene un agujero presupuestario que equivale el 3,8% del Producto Interior Bruto (PIB) y sigue aprobando medidas de aumento de gasto público, lo que ya está pasando factura al Tesoro en sus emisiones de deuda aumentando los intereses que hay que pagar para vender letras y bonos del Estado. Todo este coste lo pagarán al final los ciudadanos mediante subidas de impuestos.

Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) temporales

Si se entran a analizar las medidas concretas, la falta de políticas activas de empleo son más que evidentes. En primer lugar se adoptan tres iniciativas relativas a los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) para, según el Gobierno, “garantizar la continuidad del tejido productivo y de los puestos de trabajo”. Aunque en realidad se trata de favorecer el uso de este instrumento de reducción de plantilla para evitar los despidos directos.

- Reposición del derecho a la prestación por desempleo. Reposición de prestaciones por desempleo en ERE de suspensión de contratos de trabajo, de manera que, cuando a un trabajador se le suspenda el contrato de trabajo o reduzca su jornada como consecuencia de un ERE temporal, no sufrirá merma de sus derechos a la prestación por desempleo. El período máximo de reposición de la prestación por extinción será de 120 días y el período máximo de reposición de la prestación por suspensión, en el supuesto en que el trabajador haya agotado la prestación será de noventa días.

 - Bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social durante situaciones de desempleo derivadas de ERE temporales. Para favorecer la regulación temporal de empleo sobre la extinción de los contratos, se reducen los costes de Seguridad Social en aquellos casos en que los expedientes por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción tengan por objeto garantizar la continuidad de la empresa y de los puestos de trabajo.

Cuando una empresa suspenda los contratos o reduzca temporalmente la jornada de trabajo por un ERE temporal, tendrá derecho a una bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por el ERE, con un límite máximo de 240 días.

 - Se mantendrán vigentes los Convenios con la Seguridad Social derivados de ERE para quienes, en ese período, realicen una actividad económica, lo cual hará posible que trabajadores afectados por ERE, compatibilicen esta situación con la realización de actividades que coticen a la Seguridad Social.

Aplazamiento de pagos a la Seguridad Social

Además, Trabajo quiere que “ninguna empresa viable y solvente deberá cerrar por no poder hacer frente a pagos a la Seguridad Social”, pero, en lugar de obligar a las Administraciones Públicas a pagar sus deudas a grandes compañías y pymes, el Ejecutivo ha decidido permitir estas prórrogas “de forma coyuntural”

el aplazamiento “en condiciones especiales” del pago de cuotas a la Seguridad Social “para empresas que atraviesen momentos de dificultad económica. Se pretende así favorecer el mantenimiento del empleo”.

En concreto, “durante el año 2009 se podrán conceder aplazamientos en condiciones favorables (flexibilizando los criterios y favoreciendo la concesión de los mismos) a favor de las empresas en crisis, si bien la flexibilidad en la concesión a tales aplazamientos quedará condicionada al compromiso, por parte de las empresas, del mantenimiento del empleo existente”.

Por otra parte, Corbacho ha decidido –con el beneplácito del vicepresidente económico, Pedro Solbes- que se exima del pago de cuotas de la Seguridad Social a aquellas compañías que contraten parados que estén cobrando prestación por desempleo. Es decir, que desincentiva la contratación de parados de larga duración a pesar de que España es uno de los países de la UE donde hay más pobreza y de la advertencia del Banco de España sobre los riesgos que tienen estos desempleados de entrar en exclusión social.

Así, la empresa que contrate a un trabajador en desempleo que perciba prestación podrá bonificarse el 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social de ese trabajador, hasta alcanzar como máximo el equivalente del importe que tuviera pendiente de percibir a la fecha de entrada en vigor del contrato con un máximo de duración de la bonificación de tres años.

El trabajador objeto de esta medida debe de llevar, al menos, tres meses en situación de desempleo. El contrato debe de ser indefinido y el empleo debe de mantenerse un mínimo de un año. Si se produce el despido con anterioridad, el empresario se verá obligado a devolver las bonificaciones que hubiera realizado. Es una medida voluntaria a opción del trabajador que, de acuerdo con la normativa vigente, mantendrá sus derechos.

Contratos a tiempo parcial

Asimismo, el Ejecutivo apuesta los contratos a tiempo parcial “para permitir incrementar las oportunidades de acceder al empleo”. Se incrementa la cuantía de las bonificaciones a estos contratos. El porcentaje de bonificación será un 30% más que la jornada pactada, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar el 100%.

Finalmente, el Gobierno promete reforzar los Servicios Públicos de Empleo, aunque no incluye esta apuesta en el Decreto Ley aprobado este viernes. Pretende incorporar “mejoras tecnológicas e incrementos de plantilla en los servicios de empleo garantizaran la atención a las personas desempleadas y la eficacia de los servicios”.

“Con el objeto de hacer frente al notable incremento de trabajo en las Oficinas de Prestaciones y garantizar el reconocimiento y pago de las prestaciones en tiempo y forma, se mantendrán y actualizarán las plantillas de personal requeridas para afrontar la situación actual”, señala el ejecutivo..

Por otra parte, Corbacho quiere una “mayor agilidad en el cobro del subsidio”, que permite la eliminación del periodo de espera para ser beneficiario del subsidio de desempleo porque elimina el periodo de espera exigido para el acceso a los subsidios por desempleo.

Actualmente una persona desempleada espera un mes desde que se le acaba la prestación contributiva hasta que recibe el subsidio. Esta situación genera períodos de desprotección que en los momentos actuales cobran especial significación. Estas medidas serán evaluadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración semestralmente.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios
    Acceda a los 5 comentarios guardados

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Escultura