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EN UN NUEVO INFORME

El CSN responde a Industria que Garoña puede seguir 10 años más

Industria pidió un nuevo informe sobre Garoña para contemplar prórrogas por 2, 4 o 6 años al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Éste insiste en que puede funcionar 10 años y añade que algunas condiciones fijadas para la prórroga de diez años pueden no exigirse para una prórroga de sólo dos años.

Industria pidió un nuevo informe sobre Garoña para contemplar prórrogas por 2, 4 o 6 años al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Éste insiste en que puede funcionar 10 años y añade que algunas condiciones fijadas para la prórroga de diez años pueden no exigirse para una prórroga de sólo dos años.

El organismo que vela por la seguridad nuclear ha aprobado este miércoles un informe complementario sobre la central nuclear de Garoña, que le fue solicitado por el Ministerio de Industria para conocer su postura respecto a una posible renovación de la autorización de la explotación de la central nuclear para un periodo de dos, de cuatro o de seis años.

"Dado que los nuevos escenarios planteados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio reducen la solicitud del titular de seguir operando durante diez años, el Consejo considera necesario establecer en todos los supuestos condiciones adicionales que garanticen que se mantienen las inversiones en seguridad y el personal cualificado necesarios hasta el cese definitivo de la explotación", añade el CSN.

Así, considera que en los tres supuestos planteados, se deberán modificar las instrucciones técnicas complementarias que emitirá el CSN, para adaptarlas a las nuevas condiciones propuestas y al período para el que finalmente se conceda la renovación de la autorización de explotación.

Insiste en que puede funcionar 10 años

En todo caso, el Consejo reitera que los análisis y evaluaciones realizados para la elaboración del dictamen técnico preceptivo para el período de 10 años 2009-2019, entregado conforme a los plazos legalmente establecidos, "siguen siendo válidos en su totalidad", y que ninguna modificación requerida pone en duda las condiciones de seguridad en las que opera la central.

"El objetivo de estas modificaciones es incrementar los niveles de seguridad siguiendo las mejores prácticas internacionales, suplementarias a los requerimientos de su base de licencia. Por tanto, la central puede continuar operando, aún sin realizar las modificaciones propuestas en el informe, en condiciones adecuadas de seguridad, como lo ha venido haciendo hasta ahora", añade el acuerdo adoptado por el pleno del Consejo.

Nuevo informe

En su informe complementario, el CSN mantiene con carácter general para la renovación a dos, cuatro y seis años, ocho límites y condiciones relativos a: titular responsable de la Central Nuclear de Santa María de Garoña (Condición 1); actividades a las que faculta la autorización (Condición 2); documentos en base a los que se concede la autorización y a los que debe ajustarse la explotación de la central, así como su régimen de modificación (Condición 3); e información periódica a remitir por el titular al CSN (Condición 4).

Igualmente, se refieren a: notificación de la salida de bultos de residuos radiactivos y materiales fisionables fuera del emplazamiento de la central (Condición 5); información sobre las actividades de gestión de vida útil de la central que se debe remitir al CSN (Condición 6); actuaciones a llevar a cabo en caso de que durante el período de vigencia de esta autorización el titular decidiese el cese de la explotación de la central (Condición 8); programas de mejora y propuestas de actuación que debe llevar a cabo el titular (Condición 9).

Con carácter individual, para la renovación por dos años (hasta 2011), el CSN señala que se aplicarían los límites y condiciones anteriormente señalados en el marco general.

Mientras, para la renovación por cuatro años (hasta 2013), además de los anteriores, indica que se deben realizar mejoras en el aislamiento de la contención, en la independencia de los sistemas eléctricos y en la protección contra incendios, cuyo alcance y plazos de implantación se definirán en instrucciones técnicas complementarias emitidas por el regulador, requiriéndose apreciación favorable del CSN sobre el cumplimiento de dichas acciones (Condición 14).

Para renovar por seis años (hasta 2016), se mantendrían todas las condiciones anteriores, ajustándose el alcance y el plazo de implantación, que "se definirán en instrucciones técnicas complementarias emitidas por el regulador". Además, se deberá implantar un nuevo sistema de tratamiento de gases de reserva (SGTS) antes del arranque posterior a la recarga del 2011 (Condición 10), cuya puesta en marcha requerirá autorización del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo informe favorable del CSN.

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