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Cuidado con los "borradores trampa" que manda Hacienda a menores de edad

Técnicos de Hacienda alertan de los efectos "perniciosos y costosos" para el bolsillo de las familias que puede provocar la confirmación de los borradores enviados a menores de edad, al perder la opción de declarar de forma conjunta con las ventajas que esta modalidad supone.

Técnicos de Hacienda alertan de los efectos "perniciosos y costosos" para el bolsillo de las familias que puede provocar la confirmación de los borradores enviados a menores de edad, al perder la opción de declarar de forma conjunta con las ventajas que esta modalidad supone.
LD (Europa Press) En un comunicado, Gestha explicó que los borradores remitidos por la Agencia Tributaria y, en general, la mera solicitud de devolución a algunos menores de edad con motivo de la Campaña de Renta 2008, pueden convertirse en "borradores trampa" para aquellos padres que decidan confirmarlos, confiados en la "ayuda" por parte de Hacienda.


Además, los padres que soliciten la devolución para el menor deben conocer que pueden perder la deducción de mínimo por descendiente a la que tienen derecho si el hijo percibe unos ingresos entre 1.800 y 8.000 euros anuales, resultantes de actividades tales como monitor de campamentos de verano, socorrista de playa u otros trabajos ocasionales.

Por estos motivos, recomiendan a las familias cuyos hijos menores reciban un borrador de estas características o, con carácter general, soliciten la devolución, que lo revisen "con mucha atención" ya que puede tratarse de una "declaración trampa" donde el importe a devolver al menor sea muy inferior a la cantidad que podría deducirse toda la familia por hacer la declaración conjunta o por acogerse al mínimo por descendiente.

El mínimo por descendientes se otorga por cada hijo menor de 25 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que conviva con el contribuyente y tenga rentas anuales, excluidas las exentas, inferiores a 8.000 euros, de acuerdo a los siguientes importes: 1.836 euros anuales por el primer hijo; 2.040 euros anuales por el segundo; 3.672 euros anuales por el tercero y 4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes. Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumentará en 2.244 euros anuales.

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