El médico Eufemiano Fuentes ha sido condenado hoy a un año de prisión por un delito contra la salud pública por la Operación Puerto, mientras que el preparador físico José Ignacio Labarta ha recibido una pena de cuatro meses de cárcel. La juez no ha accedido a entregar las bolsas de sangre intervenidas al primero a las autoridades deportivas.
En la sentencia notificada hoy, la juez absuelve a los otros tres acusados, los ex directores deportivos Manolo Saiz y Vicente Belda, y la exresponsable médico de los equipos Kelme y Comunidad Valenciana, Yolanda Fuentes.
La magistrada Julia Patricia Santamaría considera a Eufemiano Fuentes autor directo de un delito contra la salud pública y a Labarta cómplice, en aplicación del artículo 361 del Código Penal, y condena al primero a cuatro años de inhabilitación para el ejercicio para la medicina deportiva y a una multa de 10 meses con una cuota diaria de 15 euros.
En la resolución, de 348 folios, Santamaría rechaza la pretensión de las acusaciones ejercidas por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI), el Comité Olímpico Italiano (CONI) y la Federación Española de Ciclismo de que les fueran entregadas las bolsas de plasma y sangre intervenidas a Fuentes.
La juez alude al respeto a los derechos fundamentales de los deportistas reconocidos en la Constitución para justificar su decisión y ordena que las muestras y el material informático aprehendido en la operación, desarrollada en 2006 por la Guardia Civil, sean destruidas cuando la sentencia sea firme.
Santamaría también rechaza indemnizar al exciclista Jesús Manzano, que ejerció la acusación particular y pedía 180.000 euros a los procesados, al entender que aceptó voluntariamente someterse a las prácticas de dopaje que luego denunció.
La sangre será destruida
Por otro lado, la juez ha ordenado la destrucción de las más de 200 bolsas de sangre, plasma y concentrados de hematíes aprehendidas a Eufemiano Fuentes, lo que cierra la puerta a la posible identificación de nuevos clientes de la trama de dopaje del médico canario.
Sin embargo, la orden no se ejecutará hasta que la sentencia sea firme, momento que por el momento parece lejano debido a que las partes ya habían anunciado que pensaban recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid si no se ajustaba a sus intereses.
Se trata de una cuestión clave, ya que dichas muestras podrían desembocar en el reconocimiento de más clientes del médico canario, que se ofreció a revelar nombres durante el juicio, algo a lo que se negó la magistrada.
La Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI) y el Comité Olímpico Italiano (CONI) habían solicitado durante el juicio la entrega de las muestras alícuotas de las bolsas de sangre, pero Santamaría consideró que "prevalecen las garantías del deportista y el respeto a sus derechos fundamentales amparados por la Constitución".