LD (Agencias) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó este jueves que la ampliación de competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que ha permitido al regulador español imponer condiciones a las ofertas públicas de adquisición de E.On y de Enel y Acciona sobre Endesa, es ilegal.
La sentencia afirma que el decreto de febrero de 2006 que faculta a la CNE para analizar fusiones energéticas "vulnera la libre circulación de capitales y la libertad de establecimiento y no está justificado por el objetivo de garantizar la seguridad del suministro energético".
La ley española en cuestión es el Real Decreto-Ley 4/2006, de 24 de febrero, por el que se modifican las funciones de la CNE. En virtud de esta disposición, la CNE tiene que autorizar la adquisición de participaciones en un porcentaje superior al 10 por ciento del capital social -o cualquier otro que conceda influencia significativa- en empresas activas en el sector energético.
Sólo tres días antes de que se acordara este decreto, la empresa energética alemana E.On había irrumpido en la lucha que mantenía Gas Natural por hacerse con el control de Endesa mediante una OPA pagadora en papel al 65 por ciento. La oferta de la alemana (en aquel momento 27 euros por acción pagadores en dinero), superaba con creces a la gasista catalana.
Montilla, desde el Ministerio de Industria, movió ficha rápido y aprobó un decreto para frenar a E.On, otorgando competencias a la CNE para condicionar las operaciones corporativas en el sector energético.
Este decreto, que fue bautizado como el decreto anti-E.On, no gustó en Europa y pidió explicaciones una y otra vez a España. Según adujo la UE desde el principio, el decreto vulneraba la libre circulación de capitales entre países de la Unión y atentaba contra la libertad de establecimiento.
Desde entonces, España fue enviando sucesivas explicaciones defendiendo su posición a Bruselas. Ahora, más de dos años después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido una sentencia calificando de ilegal el decreto activado por Montilla.
El Tribunal rechaza así los argumentos del Gobierno español y da la razón a la Comisión Europea, que llevó el caso hasta el Tribunal ante la negativa de las autoridades españolas a ajustar el decreto a la legislación comunitaria.
Condiciones excesivas
Amparándose en esta norma, el regulador impuso una serie de condiciones a la compra de Endesa por parte de la eléctrica alemana E.On que fueron declaradas ilegales por la Comisión Europea. El TUE ya ha condenado a España por no haber retirado estas condiciones, incluso aunque E.On renunció a su oferta pública de adquisición.
El Ejecutivo comunitario también ha declarado ilegales los requisitos impuestos por el órgano presidido por Maite Costa a la adquisición de Endesa por parte de Enel y Acciona y está a punto de llevar el caso ante el Tribunal de Justicia.
Reacción de Industria
El Gobierno acatará la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sobre la ampliación de competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), pero recuerda su "legitimidad para velar por la seguridad de suministro".
"El Gobierno sigue considerando legítimo velar por la garantía de suministro a los consumidores", indicaron este jueves fuentes del Ministerio de Industria a Europa Press, que recordaron que contra el dictamen del Tribunal de Luxemburgo no cabe recurso.
El departamento dirigido por Miguel Sebastián está esperando que la Justicia europea le remita la notificación oficial con el dictamen "para analizar su contenido".