LD (EFE) Las diligencias sobre este caso que instruye el juzgado número 11 de Madrid se iniciaron a raíz de la aparición de esta carta –en abril de 2003– firmada por Sentieri, como dice el informe, y dirigida a otro de los querellantes del caso Urbanor, Julio San Martín, en el que le recomendaba obviar determinados hechos en el juicio por el caso Urbanor.
En la carta se sugiere a San Martín que no revele que les interesó percibir por los terrenos de Urbanor –donde finalmente se instalaron las Torres KIO– un menor precio, dado que "manifestarlo haría más difícil probar la estafa que cometieron y no debemos dar motivos para debilitar lo evidente, que nos estafaron".
El informe de Guardia Civil, no pudo determinar la antigüedad del documento o si la firma se estampó en la carta antes o después de que se escribiese el cuerpo del texto, aunque considera que la fecha en la que la carta está datada "puede ser auténtica". También aprecia "desajustes" en el interlineado del cuerpo de la carta y el de la palabra "firma", que permiten afirmar –según el informe– "que han sido impresas en dos diferentes máquinas impresoras, y por tanto en diferentes actos".
El informe de la Guardia Civil corrobora el que ya hizo en su día la Policía, que constataba "elementos gráficos suficientes" para atribuir la firma al arquitecto Pedro Sentieri, quien aseguró, en una declaración al Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia, que la firma de esta carta era "falsa". La defensa del también constructor Sentieri anunció que encargará un informe pericial que puede demostrar que el tipo de letra utilizada no se corresponde con los programas informáticos que existían en el año en que se realizó.
Alberto Cortina y Alberto Alcocer fueron condenados por el Tribunal Supremo en marzo de 2003 al considerar probado que engañaron a los socios minoritarios de Urbanor –entre ellos Sentieri y San Martín– al negociar la venta de la sociedad, ya que consiguieron por su participación un precio que duplicaba al que recibieron los pequeños accionistas. El Constitucional suspendió a mediados de 2003 el ingreso en prisión de los primos, debido al recurso de amparo presentado por los financieros, hasta que se resuelvan sus alegaciones referentes a la vulneración de sus derechos constitucionales en el proceso por el que fueron condenados.
En la carta se sugiere a San Martín que no revele que les interesó percibir por los terrenos de Urbanor –donde finalmente se instalaron las Torres KIO– un menor precio, dado que "manifestarlo haría más difícil probar la estafa que cometieron y no debemos dar motivos para debilitar lo evidente, que nos estafaron".
El informe de Guardia Civil, no pudo determinar la antigüedad del documento o si la firma se estampó en la carta antes o después de que se escribiese el cuerpo del texto, aunque considera que la fecha en la que la carta está datada "puede ser auténtica". También aprecia "desajustes" en el interlineado del cuerpo de la carta y el de la palabra "firma", que permiten afirmar –según el informe– "que han sido impresas en dos diferentes máquinas impresoras, y por tanto en diferentes actos".
El informe de la Guardia Civil corrobora el que ya hizo en su día la Policía, que constataba "elementos gráficos suficientes" para atribuir la firma al arquitecto Pedro Sentieri, quien aseguró, en una declaración al Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia, que la firma de esta carta era "falsa". La defensa del también constructor Sentieri anunció que encargará un informe pericial que puede demostrar que el tipo de letra utilizada no se corresponde con los programas informáticos que existían en el año en que se realizó.
Alberto Cortina y Alberto Alcocer fueron condenados por el Tribunal Supremo en marzo de 2003 al considerar probado que engañaron a los socios minoritarios de Urbanor –entre ellos Sentieri y San Martín– al negociar la venta de la sociedad, ya que consiguieron por su participación un precio que duplicaba al que recibieron los pequeños accionistas. El Constitucional suspendió a mediados de 2003 el ingreso en prisión de los primos, debido al recurso de amparo presentado por los financieros, hasta que se resuelvan sus alegaciones referentes a la vulneración de sus derechos constitucionales en el proceso por el que fueron condenados.