L D (EFE) Un día después de que la Ser filtrara la noticia, el PSOE convocara una rueda de prensa para valorarla y luego diera marcha atrás al comprobarse que no era oficial, la Sala de lo Penal ha dictado un auto en el que confirma lo adelantado, que rechaza la querella y su ampliación presentada por el PSOE. No ve indicios para investigar la "trama político-financiera", como la han dado en llamar los socialistas.
El auto dice que la querella no se sostiene y que carece de
argumentación. En el texto de la resolución hay un voto particular del magistrado Antonio Pedreira en el que discrepa con el resto de la Sala (compuesta por Javier María Casas, que preside el tribunal, José Manuel Suárez Robledano y Emilio Fernández de Castro) y se muestra favorable a la admisión a trámite. Rafael Simancas dice que es "inquietante" que los magistrados no hayan econtrado indicios de delito pero se contenta con el resto de querellas que tiena abiertas y con la posible llegada de Anticorrupción.
Omisiones “palmarias”. No se fundamenta el cohecho
Los tres magistrados que han rechazado la admisión a trámite de la querella explican que "no pasa de ser un hecho sin trascendencia penal apreciable en este momento, de carácter exclusivamente político o inocuo desde el punto de vista criminal". Añade que "no se menciona en la querella, con palmaria omisión, la existencia de la dádiva o promesa propia del delito de cohecho" y explica que la descripción de la "presunta trama" relacionada con la actuación de los parlamentarios regionales no admite en este momento "y a la vista de tal soporte y de las alegaciones formuladas tan siquiera la simple conceptuación de sospecha fundada".
Los magistrados explican que "no se refiere la existencia de premio económico, recompensa, interés económico recibido o por recibir, dejándose a la imaginación del lector del escrito de querella y de su posterior ampliación la posible existencia de la corrupción objeto del bien jurídico protegido por el tipo del cohecho". Además, el auto se refiere a que "ningún pago o satisfacción económica se infiere de la mera reserva de habitaciones, existiendo previamente relaciones profesionales no ilícitas" de Tamayo con Vázquez.
Sobre Tamayo añade que el relato consistente en su participación en ciertas actividades urbanísticas, con intervención profesional en una Junta de Compensación que actuaba en Villaviciosa de Odón (Madrid) en un periodo de tiempo desde julio de 1997 a abril de 2001 lleva a la imposibilidad de que éstas puedan guardar relación con un delito de cohecho continuado "al inferirse, con facilidad, de la circunstancia de haber tenido lugar varios años antes".
Si aparecen indicios nuevos que investigue Anticorrupción
La Sala destaca que su decisión no impide que en el futuro, de aparecer indicios consistentes, se inicie la investigación criminal o que de deducirse de la investigación que pueda efectuar la Fiscalía Anticorrupción "se abra el proceso penal en su fase inicial o de investigación, no produciéndose un cierre definitivo con esta resolución”.
El PSOE ya había anunciado, al trascender la filtración, que recurrirá la decisión. Ese será uno de sus frentes, el otro, exigir que sea la Fiscalía Anticorrupción, y desde ella el tío de Trinidad Jiménez, Carlos Jiménez Villajero, la que investigue la "trama". López Aguilar ya dijo este miércoles que "estaríamos ante un hecho muy grave" si no se admitiera la querella. Un día después ha sido el abogado del PSOE, José Manuel Gómez Benítez, el que ha anunciado que la presentación ante la Fiscalía Anticorrupción de una petición de apertura de diligencias informativas sobre los indicios que se recogían en la querella inadmitida. El fiscal Bermejo , pendiente de su relevo también ha pedido, en declaraciones a Telemadrid, que Anticorrupción abra ya una investigación porque "si hay humo, habrá fuego".
El voto particular del magistrado Pedreira Andrade
En su voto particular de cuatro folios Pedreira señala que "a la vista de las llamadas telefónicas a las que se alude (en la querella), de las reservas hoteleras y del entramado financiero que se describe" ésta "cuanto menos debe ser admitida a trámite y tomar declaración a los aforados con el objeto de dilucidar si ha existido una motivación económica en tales hechos o, por el contrario, se trata de un hipotético e improbable cúmulo de casualidades".
"De cualquier forma no deja de estar presente el elemento de la sospecha razonable, lo que debiera determinar la decisión de admitir a trámite la querella", concluye el magistrado, quien hace hincapié en que "la casualidad constituye una combinación de circunstancias que no se pueden prever ni evitar" y "en este caso los hechos pudieron ser previstos y evitarse". Señala que "el Urbanismo debe estar sometido al Derecho y al imperio de la Ley, cualquiera que sea el grupo que detente su gestión en virtud de su designación electoral".
El auto dice que la querella no se sostiene y que carece de
argumentación. En el texto de la resolución hay un voto particular del magistrado Antonio Pedreira en el que discrepa con el resto de la Sala (compuesta por Javier María Casas, que preside el tribunal, José Manuel Suárez Robledano y Emilio Fernández de Castro) y se muestra favorable a la admisión a trámite. Rafael Simancas dice que es "inquietante" que los magistrados no hayan econtrado indicios de delito pero se contenta con el resto de querellas que tiena abiertas y con la posible llegada de Anticorrupción.
Omisiones “palmarias”. No se fundamenta el cohecho
Los tres magistrados que han rechazado la admisión a trámite de la querella explican que "no pasa de ser un hecho sin trascendencia penal apreciable en este momento, de carácter exclusivamente político o inocuo desde el punto de vista criminal". Añade que "no se menciona en la querella, con palmaria omisión, la existencia de la dádiva o promesa propia del delito de cohecho" y explica que la descripción de la "presunta trama" relacionada con la actuación de los parlamentarios regionales no admite en este momento "y a la vista de tal soporte y de las alegaciones formuladas tan siquiera la simple conceptuación de sospecha fundada".
Los magistrados explican que "no se refiere la existencia de premio económico, recompensa, interés económico recibido o por recibir, dejándose a la imaginación del lector del escrito de querella y de su posterior ampliación la posible existencia de la corrupción objeto del bien jurídico protegido por el tipo del cohecho". Además, el auto se refiere a que "ningún pago o satisfacción económica se infiere de la mera reserva de habitaciones, existiendo previamente relaciones profesionales no ilícitas" de Tamayo con Vázquez.
Sobre Tamayo añade que el relato consistente en su participación en ciertas actividades urbanísticas, con intervención profesional en una Junta de Compensación que actuaba en Villaviciosa de Odón (Madrid) en un periodo de tiempo desde julio de 1997 a abril de 2001 lleva a la imposibilidad de que éstas puedan guardar relación con un delito de cohecho continuado "al inferirse, con facilidad, de la circunstancia de haber tenido lugar varios años antes".
Si aparecen indicios nuevos que investigue Anticorrupción
La Sala destaca que su decisión no impide que en el futuro, de aparecer indicios consistentes, se inicie la investigación criminal o que de deducirse de la investigación que pueda efectuar la Fiscalía Anticorrupción "se abra el proceso penal en su fase inicial o de investigación, no produciéndose un cierre definitivo con esta resolución”.
El PSOE ya había anunciado, al trascender la filtración, que recurrirá la decisión. Ese será uno de sus frentes, el otro, exigir que sea la Fiscalía Anticorrupción, y desde ella el tío de Trinidad Jiménez, Carlos Jiménez Villajero, la que investigue la "trama". López Aguilar ya dijo este miércoles que "estaríamos ante un hecho muy grave" si no se admitiera la querella. Un día después ha sido el abogado del PSOE, José Manuel Gómez Benítez, el que ha anunciado que la presentación ante la Fiscalía Anticorrupción de una petición de apertura de diligencias informativas sobre los indicios que se recogían en la querella inadmitida. El fiscal Bermejo , pendiente de su relevo también ha pedido, en declaraciones a Telemadrid, que Anticorrupción abra ya una investigación porque "si hay humo, habrá fuego".
El voto particular del magistrado Pedreira Andrade
En su voto particular de cuatro folios Pedreira señala que "a la vista de las llamadas telefónicas a las que se alude (en la querella), de las reservas hoteleras y del entramado financiero que se describe" ésta "cuanto menos debe ser admitida a trámite y tomar declaración a los aforados con el objeto de dilucidar si ha existido una motivación económica en tales hechos o, por el contrario, se trata de un hipotético e improbable cúmulo de casualidades".
"De cualquier forma no deja de estar presente el elemento de la sospecha razonable, lo que debiera determinar la decisión de admitir a trámite la querella", concluye el magistrado, quien hace hincapié en que "la casualidad constituye una combinación de circunstancias que no se pueden prever ni evitar" y "en este caso los hechos pudieron ser previstos y evitarse". Señala que "el Urbanismo debe estar sometido al Derecho y al imperio de la Ley, cualquiera que sea el grupo que detente su gestión en virtud de su designación electoral".